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BOAM nº 10009 (19/11/2025)
Distrito de Carabanchel

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Decreto de 13 de noviembre de 2025 del Concejal Presidente del Distrito de Carabanchel por el que se aprueban las bases que han de regir el Certamen de Belenes y decoración navideña en centros escolares para el curso escolar 2025-2026 del Distrito de Carabanchel.

- El belén deberá incluir al menos una referencia representativa o simbólica a la Paz, en conmemoración con la declaración de la Organización de la Naciones Unidas del año 2025 como Año Internacional de la Paz y la Confianza. La iniciativa pone especial énfasis en la importancia de la igualdad de género y en el papel fundamental de las mujeres y los jóvenes en la promoción de una cultura de paz integrando el papel de la educación en la prevención de conflictos.

- El centro ganador del primer premio deberá disponer de los medios personales y materiales necesarios para efectuar el montaje del belén en la sede municipal del Distrito Carabanchel que se determine, antes del día 19 de diciembre de 2025, a las 14:00 horas, así como su retirada tras el periodo navideño. La Junta Municipal del Distrito podrá colaborar, si fuera necesario, en el traslado del belén.

 

QUINTA.- Procedimiento, inscripción, plazo de presentación y subsanación de la información.

 

Procedimiento:

 

- Es competente para el impulso y la instrucción del procedimiento la Coordinadora del Distrito de Carabanchel.

- El procedimiento se resolverá por Decreto del Concejal Presidente del Distrito de Carabanchel, conforme al Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid núm. 172, de 21 de julio de 2023).

- Dicho decreto pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra el mismo, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la dictó, en el plazo de un mes, o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 LPAC y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Inscripción:

 

- La solicitud de inscripción y participación se realizará por el centro educativo antes de que finalice el plazo de presentación.

- Las solicitudes de participación se formalizarán conforme al modelo de solicitud que se encuentra disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es.

- Las solicitudes deberán presentarse electrónicamente accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento, https://sede.madrid.es. En este caso deberá utilizar alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.

- En el impreso de solicitud, en el apartado relativo a los datos del centro educativo, deberá constar la denominación completa que coincida con la razón social del centro de que se trate. En la casilla relativa a nombre deberá figurar el que reciba el centro escolar. En el caso de que no existiere coincidencia entre la razón social y el nombre del centro, se acompañará la documentación justificativa suficiente que permita conocer su vinculación.

- En el impreso de solicitud, apartado relativo a declaraciones responsables deberá marcar la casilla de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como la de que acepta el contenido de las presentes bases.

- En el impreso de solicitud en el apartado consulta de datos tributarios se habrá de marcar las autorizaciones de la mencionada consulta. En caso de no autorizar la consulta, deberá aportar necesariamente los documentos que justifiquen las circunstancias tributarias y con la Seguridad Social o presentar una declaración responsable.

 

Publicación: La convocatoria se publicará en la BDNS, un extracto de esta en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la página web www.madrid.es, y en su sede electrónica https://sede.madrid.es.

 

El plazo de presentación: comenzará al día siguiente de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, y finalizará el día 4 de diciembre de 2025, a las 14:00 horas.

 

Subsanación de defectos: Si la solicitud de inscripción no reuniera alguno de los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos indicados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPAC).

 

Proceso:

 

- Cada centro procederá a la inscripción al certamen antes de la finalización del plazo de presentación.

- El Departamento de Educación será el encargado de establecer el día y hora en que se realicen las valoraciones por parte del jurado, comunicando dicha decisión por vía telefónica con suficiente antelación.

- La valoración se realizará en el centro educativo.

- El jurado valorará los belenes entre los días 10 y 17 de diciembre de 2025.

- El fallo del jurado se efectuará el 17 de diciembre de 2025. El fallo, instrucción, resolución y notificación del procedimiento se establecen en la base novena.

- El acto de entrega del primer premio se celebrará previsiblemente entre el 18 y el 19 de diciembre de 2025 en las instalaciones del centro.

- El plazo de resolución y notificación de la concesión de los premios se concreta en la base décima.

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