BOAM nº 8647 (27/05/2020)
Distrito de Villa Vallecas
734
Decreto de 22 de mayo de 2020 de la Concejal Presidente del Distrito de Villa de Vallecas por el que se levanta la suspensión y se ordena la continuación de la tramitación de la convocatoria anticipada de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo para la anualidad 2020 del Distrito de Villa de Vallecas aprobada por Decreto de 19 de marzo de 2019.La Dirección General de Participación Ciudadana ha emitido informe de 4 de mayo de 2020 en el que ha analizado la aplicación de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, relativa a la suspensión de plazos administrativos y la posibilidad de acordar, en los supuestos previstos en los apartados 3 y 4, la realización de actos de instrucción u ordenación o de acordar la continuidad del procedimiento en su totalidad, respectivamente.
Dicho informe realiza también un análisis de la normativa básica en materia de Régimen Jurídico del Sector Público y de Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas y del Decreto de 12 de marzo de 2020, del Alcalde, por el que se determinan los servicios del Ayuntamiento de Madrid, sus Organismos Autónomos y Empresas Públicas con motivo de las medidas excepcionales adoptadas para contener el COVID-19, que establecen y garantizan la posibilidad de tramitación de los procedimientos administrativos por medios telemáticos.
Tal y como se establece en dicho informe, en el caso de las convocatorias de subvenciones de los distritos para el fomento del asociacionismo concurre el hecho habilitante relativo a la protección del interés general previsto en el apartado 4 de la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, que permitiría continuar dichos procedimientos bien en su totalidad, bien en algunas de sus fases, teniendo en cuenta que dichos procedimientos permiten su tramitación telemática.
Así pues, sobre la base del informe de la Dirección General de Participación Ciudadana y de la competencia que atribuye el apartado 6º.2.1.g) del Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, a la Concejal Delegada del Área de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana, la misma ha dispuesto con fecha 5 de mayo de 2020 trasladar a los distritos una recomendación con tres puntos:
El primero, que considera que en el caso de las convocatorias de subvenciones de los distritos para el fomento del asociacionismo concurre el hecho habilitante relativo a la protección del interés general previsto en el apartado 4 de la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en cuanto la actividad de fomento que implican contribuirá a reducir para las entidades ciudadanas las consecuencias negativas tanto económicas como sociales que la situación provocada por la crisis del COVID-19 está generando.
El segundo, que de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el apartado segundo y el anexo del Decreto de 12 de marzo de 2020, del Alcalde, por el que se determinan los servicios del Ayuntamiento de Madrid, sus Organismos Autónomos y Empresas Públicas con motivo de las medidas excepcionales adoptadas para contener el COVID-19 y en el artículo 17.1 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, existe la posibilidad de continuar la tramitación del procedimiento de convocatoria de subvenciones para el fomento del asociacionismo por medios telemáticos.
El tercero, que lo señalado en los apartados anteriores permite a los Concejales-Presidentes de Distrito como órganos que aprueban las convocatorias de fomento del asociacionismo, adoptar, previa valoración de las circunstancias, las medidas necesarias para la realización tanto de actos de instrucción u ordenación del procedimiento, como para acordar la continuidad de la totalidad procedimiento en sus diferentes fases.
A tenor de todo lo anteriormente expuesto, la Concejal Presidente del Distrito de Villa de Vallecas, en virtud de las atribuciones conferidas por delegación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de los Distritos de fecha 25 de julio de 2019 (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid núm. 188, de 9 de agosto de 2019), La Concejal Presidente de este Distrito, ha aprobado por Decreto de fecha 22/05/2020 lo siguiente:
"Levantar la suspensión y ordenar la continuación de la tramitación de la convocatoria pública de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo, aprobada por Decreto de 19 de marzo de 2019, tanto de actos de instrucción u ordenación del procedimiento, como para la continuidad de la totalidad del procedimiento en sus diferentes fases".
El presente decreto surtirá efecto desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Madrid, a 22 de mayo de 2020.- La Concejal Presidente del Distrito de Villa de Vallecas, Concepción Chapa Monteagudo.