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BOAM nº 8467 (23/08/2019)
Distrito de Ciudad Lineal

1666

Decreto de 19 de agosto de 2019 del Concejal Presidente del Distrito de Ciudad Lineal por el que se aprueban las bases reguladoras que han de regir la convocatoria para la cesión de las Instalaciones Deportivas Básicas de San Lamberto y Trece Rosas del Distrito de Ciudad Lineal a favor de entidades y colectivos ciudadanos sin ánimo de lucro.

Mediante Decreto de 19 de agosto de 2019 del Concejal Presidente del Distrito de Ciudad Lineal se ha dispuesto aprobar las bases reguladoras que han de regir la convocatoria para la cesión de las Instalaciones Deportivas Básicas "San Lamberto" y "Trece Rosas" del Distrito de Ciudad Lineal a favor de entidades y colectivos ciudadanos sin ánimo de lucro y disponer su convocatoria mediante la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid.

 

Bases Reguladoras de la Cesión de las Instalaciones Deportivas Básicas "San Lamberto" y "Trece Rosas" del Distrito de Ciudad Lineal a favor de Entidades y Colectivos Ciudadanos Sin Ánimo de Lucro.

 

Base 1. Objeto.

 

· El objeto de estas bases es establecer las condiciones y los criterios específicos que regirán la gestión de los espacios públicos deportivos de proximidad que figuran en las mismas para el desarrollo de proyectos de cooperación público-social que incluyan actividades sociales vinculadas a la promoción y práctica del deporte y de actividades de ocupación del tiempo libre que redunden en el desarrollo de estrategias saludables de vida, en la dinamización e integración social, y en el fomento de los valores cívico sociales a través de la práctica deportiva, enmarcadas en el ámbito objetivo de la cooperación público-social, todo ello de conformidad con las previsiones establecidas en el artículo 19.5 de la Ordenanza de Cooperación Público-Social del Ayuntamiento de Madrid aprobada por Acuerdo de Pleno de 30 de mayo de 2018, así como en las Bases Reguladoras de la Gestión y Co-gestión de Espacios Públicos Deportivos de Proximidad para el Desarrollo de Proyectos de Cooperación Público-Social, aprobadas mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 19 de julio de 2018.

· La gestión de los espacios públicos deportivos de proximidad para el desarrollo de actividades deportivas en el ámbito de la cooperación público-social que regulan las presentes bases se regirá por lo establecido en la Ley 33/2003, de 2 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, así como en la restante legislación vigente en materia patrimonial y conforme a lo previsto en la Ordenanza de Cooperación Público-Social del Ayuntamiento de Madrid y en las Bases Reguladoras de la Gestión y Co-gestión de Espacios Públicos Deportivos de Proximidad para el Desarrollo de Proyectos de Cooperación Público-Social.

· A los efectos de las presentes bases se entienden por "espacios públicos deportivos de proximidad" las siguientes instalaciones deportivas básicas, las cuales responden a la tipología "Tipo1" , establecida en las Bases Reguladoras de la Gestión y Co-gestión de Espacios Públicos Deportivos de Proximidad para el Desarrollo de Proyectos de Cooperación Público-Social, aprobadas mediante Acuerdo de 19 de julio de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid:

 

- Instalación Deportiva Básica "San Lamberto". Parcela situada en la calle San Lamberto, n.º 20, de las siguientes dimensiones:

Superficie total de la parcela: 6.145 m2.

Superficie construida de vestuarios: 113 m2.

Superficie de césped artificial: 5.400 m2.

Consta de las siguientes unidades:

1 campo de fútbol 11 de césped artificial (2 campos de fútbol 7).

2 vestuarios para jugadores.

1 vestuario de árbitros.

 1 oficina.

2 servicios públicos.

2 graderíos.

 

- Instalación Deportiva Básica "Trece Rosas". Parcela situada en la avenida de las Trece Rosas, s/n, de las siguientes dimensiones:

Superficie total de la parcela: 10.222 m2.

Superficie total construida de vestuarios: 218,21 m2.

Superficie de césped artificial: 6.016 m2.

Superficie de las pistas de baloncesto y fútbol-sala: 2.856 m2.

Consta de las siguientes unidades:

1 campo de fútbol de césped artificial (2 campos de fútbol 7).

1 pista de baloncesto.

 1 pista de fútbol-sala.

1 pista de mini fútbol-sala.

4 vestuarios de equipos.

2 vestuarios de árbitros.

2 servicios públicos.

1 almacén.

 

Base 2. Finalidad de las actividades deportivas desarrolladas en el ámbito de la cooperación público-social.

 

Los proyectos deportivos que se desarrollen en el marco de la gestión de espacios públicos deportivos de proximidad en régimen de cooperación público-social regulados por las presentes bases se orientarán a los siguientes fines:

a) Garantizar el acceso de la ciudadanía a los recursos y bienes públicos, optimizando la utilización de éstos y su uso sostenible, con el fin de reportar el máximo beneficio al conjunto de la sociedad.

b) Promocionar el deporte para el desarrollo de los valores personales y sociales y de la ocupación del tiempo libre, como instrumentos para la cohesión social y el desarrollo comunitario y reequilibrio territorial del distrito a través de la dinamización e integración social y el fomento de valores cívico-sociales.

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