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BOAM nº 8862 (08/04/2021)
Área de Gobierno de Vicealcaldía

741

Resolución de 5 de abril de 2021 del Director General de Cooperación y Ciudadanía Global por la que se concede el plazo para subsanar los defectos de las solicitudes presentadas a la convocatoria pública de subvenciones 2021 para la realización de proyectos de educación para el desarrollo sostenible y una ciudadanía global.

A la vista de la propuesta formulada por la Subdirección General de Ciudadanía Global y Cooperación Internacional al Desarrollo, de 5 de abril de 2021, como órgano instructor del procedimiento, vengo a adoptar la siguiente

 

RESOLUCIÓN

 

PRIMERO.- De conformidad con lo establecido en el artículo 5.4 de la Convocatoria pública de subvenciones 2021 para la realización de proyectos de educación para el desarrollo sostenible y una ciudadanía global, aprobada por Decreto de 23 de diciembre de 2020 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, y publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid número 8.818, de 2 de febrero de 2021, una vez examinada la documentación de las solicitudes presentadas a la convocatoria, se concede un plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente decreto, a las entidades que se relacionan en el Anexo I adjunto, por no reunir los requisitos establecidos en el artículo 5 de la convocatoria a fin de que subsanen los defectos indicados.

 

SEGUNDO.- De no procederse a la citada subsanación en el plazo indicado, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Madrid, a 5 de abril de 2021.- El Director General de Cooperación y Ciudadanía Global, Cecilio Cerdán Carbonero.

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