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BOAM nº 9361 (11/04/2023)
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

1171

Decreto 22 de julio de 2022 del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano por el que se da por finalizada la tramitación de concesiones de la convocatoria pública de subvenciones 2021 con destino a actuaciones de rehabilitación de los edificios residenciales en los barrios de Poblado Dirigido de Orcasitas, Meseta de Orcasitas y Barrio del Aeropuerto de Madrid “Plan Transforma tu Barrio 2021”.

Mediante Decreto de 16 de julio de 2021 del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano se aprobó la Convocatoria Pública de Subvenciones 2021 con destino a actuaciones de rehabilitación de los edificios residenciales en los barrios de Poblado Dirigido de Orcasitas, Meseta de Orcasitas y Barrio del Aeropuerto de Madrid “Plan Transforma tu Barrio 2021”.

 

Visto el Informe formulado por la Subdirección General de Rehabilitación y Regeneración, conformado por la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración, y en el uso de las atribuciones que me han sido delegadas por el apartado 3.º, punto 1.9, del Acuerdo de 11 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano (BOAM número 8.439, de 15 de julio de 2019), y de las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal prorrogado para el ejercicio 2023

 

DISPONGO

 

ÚNICO.- Proceder a dar por finalizada la tramitación de solicitudes de subvención en la línea 2 Meseta dirigido de Orcasitas, de la convocatoria pública de subvenciones 2021 con destino actuaciones de accesibilidad, conservación, eficiencia energética y salubridad de edificios existentes de uso residencial vivienda "Plan Transforma tu Barrio 2021", al haber sido resueltas todas las solicitudes, no existiendo relación de las solicitudes a desestimar o resolver por desistimiento, renuncia a su derecho o imposibilidad material sobrevenida.

 

Contra el decreto relacionado, que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

1.- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

2.- Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, siendo el plazo para su interposición el de dos meses contados desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

 

Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 22 de julio de 2022.- El Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, Mariano Fuentes Sedano.

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