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BOAM nº 9161 (17/06/2022)
Agencia Tributaria Madrid

1857

Resolución de 16 de junio de 2022 de la Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid por la que se convoca el Concurso General de Méritos FG-AT 11/2022 para la provisión de puestos de trabajo.

En virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 15.1.l) de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Convocar el concurso general de méritos FG-AT 11/2022 para la provisión de los puestos de trabajo del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, que figuran relacionados y descritos en el Anexo I.

 

SEGUNDO.- Requisitos y condiciones de participación.

 

1. Podrá participar en este procedimiento el personal funcionario del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos autónomos, así como el de otras Administraciones públicas que ya se encuentre prestando servicios en esta Corporación y haya accedido por procedimientos de provisión con carácter definitivo, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme que no podrán participar mientras dure la suspensión y los excedentes voluntarios por interés particular o agrupación familiar hasta que no transcurra el tiempo mínimo exigido de permanencia en las mismas (dos años).

 

2. Pertenecer al cuerpo, escala, categoría y/o especialidad al que esté adscrito el puesto convocado.

 

El cuerpo, escala o especialidad de pertenencia del personal funcionario de otras Administraciones públicas que se encuentre prestando servicios en esta Corporación tiene que ser considerado como equivalente a la escala, subescala y/o categoría del puesto convocado.

 

3. El personal funcionario que participe en esta convocatoria deberá cumplir con el requisito de dos años de permanencia en el último puesto obtenido con carácter definitivo, bien por provisión bien por nuevo ingreso, salvo que se trate de puestos adscritos a la misma área de gobierno, Pleno, distrito u organismo autónomo o haya sido nombrado para ocupar un puesto de libre designación.

 

A estos efectos, a quienes hayan accedido a otra categoría por promoción interna o por integración y permanezcan en el puesto de trabajo que desempeñaban, siempre que lo ocuparan con destino definitivo, se les computará el tiempo de servicios prestados en dicho puesto en la categoría de procedencia.

 

4. Igualmente los/-as participantes deberán reunir el resto de los requisitos establecidos en la normativa de aplicación.

 

5. Los/-as concursantes deberán estar en posesión de los requisitos exigidos en la fecha que termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación y deberán mantenerlos hasta la resolución del procedimiento.

 

6. La concurrencia en este procedimiento de provisión desde situaciones diferentes a la de servicio activo conllevará la solicitud de reingreso. Si el/la participante se encuentra en situación administrativa de excedencia por cuidado de familiares o de servicios especiales, aunque resulte adjudicatario/-a de algún puesto podrá continuar en dicha situación.

 

7. El personal funcionario que se encuentre adscrito provisionalmente a puestos de trabajo incluidos en esta convocatoria tendrá la obligación de participar en la misma.

 

TERCERO.- Presentación de solicitudes.

 

Las solicitudes para tomar parte en este concurso se realizarán mediante el modelo publicado como Anexo II de esta convocatoria, e irán dirigidas al Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, Subdirección General de Secretaría General.

 

Se presentarán, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Las instancias podrán presentarse en el Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Madrid, así como en los restantes registros electrónicos de cualquier Administración pública, en las oficinas de correos, en la forma que reglamentariamente se establezca, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero o en cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes (artículo 16, disposición derogatoria única y disposición final séptima de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como artículos 36 y siguientes de la Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica, BOAM 11 de marzo de 2019).

 

Se deberá presentar una única solicitud por cada convocatoria, indicando el orden de preferencia de adjudicación de los puestos a los que se opta. En el caso de que se presentara más de una solicitud por cada convocatoria, únicamente se tendrá en consideración la última presentada dentro del plazo establecido para ello.

 

En caso de que proceda, y siempre que el/la concursante tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, se hará constar si requiere la adaptación de alguno de los puestos solicitados.

 

Asimismo, los/-as funcionarios/-as de carrera que pertenezcan a más de un cuerpo, escala, categoría o especialidad del mismo o distinto subgrupo de titulación, deberán indicar expresamente el cuerpo, escala, categoría o especialidad y situación administrativa desde la que desean participar.

 

La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria será vinculante para quien participe salvo que obtenga un puesto con destino definitivo durante la tramitación de la convocatoria o que desista de su solicitud.

 

La solicitud de participación en el concurso lleva implícita la petición de consolidación de grado que corresponda a las personas que participen en el caso de que no tuviera reconocido ese grado.

 

CUARTO.- Méritos a valorar.

 

Los méritos se valorarán a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y deberán acreditarse mediante:

 

- Certificado de funciones expedido por el órgano competente.

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