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BOAM nº 8270 (02/11/2018)
Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto

2224

Resolución de 29 de octubre de 2018 del Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno por la que se ordena la publicación del Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto de 22 de octubre de 2018, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para el año 2019 del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de voluntariado en la ciudad de Madrid.

- Ficha técnica para la descripción de los indicadores que contendrá: las actividades, la definición de lo que pretende medir, con expresión de la meta y su ponderación con respecto al conjunto del proyecto, así como el cargo del responsable dentro de la entidad solicitante de recoger los datos del indicador.

- Apartado dedicado al presupuesto total del proyecto, diferenciando el importe de la subvención solicitada al Ayuntamiento, el importe obtenido a través de otras subvenciones y el de financiación de la propia entidad solicitante, en su caso.

 La entidad reflejará esta información en el modelo normalizado, Anexo memoria explicativa del proyecto cumplimentando los distintos apartados de información técnica y económica sobre el proyecto.

 

 Artículo 9. Criterios de valoración.

1. La evaluación de las solicitudes se realizará mediante la valoración de los apartados relativos a la entidad y al proyecto presentado, según los criterios establecidos por este artículo. La asignación de las subvenciones se realizará según los tramos de puntuación establecidos en el artículo 10.

2. La valoración total de cada solicitud será la suma de los puntos obtenidos en los distintos apartados, pudiendo obtener hasta un máximo de 100 puntos, de los que 85 corresponden al apartado relativo al proyecto presentado. Más concretamente, la prioridad de valoración recaerá sobre la descripción, fines y metodología del proyecto presentado, así como sobre la atención y participación de las personas voluntarias. Por otra parte, la prioridad de valoración respecto a la entidad solicitante recaerá sobre su experiencia en el ámbito del voluntariado.

3. El personal municipal valorará de oficio el apartado relativo a la entidad, de acuerdo con los criterios y ponderación especificados en el apartado primero de este artículo, teniendo en cuenta los datos obrantes en el formulario de solicitud, en el Registro de Entidades Ciudadanas y en la documentación administrativa exigida en esta convocatoria.

4. En cuanto a la valoración del apartado relativo al proyecto presentado, se llevará a cabo mediante la suma de los puntos obtenidos, de acuerdo con los criterios y ponderación especificados en el apartado segundo de este artículo. Este extremo se valorará de oficio por el personal municipal, de acuerdo con los datos obrantes en el formulario de solicitud y anexo memoria explicativa del proyecto, así como en la documentación e información que se halla disponible en el Departamento de Voluntariado de la Dirección General de Participación Ciudadana (Programa Municipal de Voluntariado, acuerdos suscritos o colaboraciones que pudieran haber existido o existen con cada solicitante).

a. Valoración del voluntariado en la entidad (hasta 15 puntos):

1. La entidad cuenta con un plan de voluntariado suficientemente detallado y acorde a los objetivos de las líneas y objetivos fundamentales del voluntariado municipal (hasta 8 puntos).

2. La entidad aplica la perspectiva de género en sus proyectos de voluntariado y realiza acciones específicas de formación y sensibilización en materia de igualdad dirigida al voluntariado (hasta 4 puntos).

3. Experiencia de la entidad en la realización de más de un proyecto de voluntariado en los últimos 5 años (hasta un máximo de 3 puntos).

b. Criterios de valoración y ponderación de los proyectos presentados (hasta un máximo de 85 puntos):

Valoración común a los tres tipos de proyectos (hasta 45 puntos):

1. Descripción detallada del proyecto de voluntariado que se presenta, exponiendo un breve análisis del contexto, ámbito de actuación, necesidades que se pretenden atender, actividades concretas a desarrollar por las personas voluntarias, funciones del voluntariado, objetivos, etc. Todo ello en relación al proyecto de voluntariado (hasta 25 puntos):

- La descripción del proyecto refleja con concreción los objetivos específicos que se persiguen en materia de voluntariado, definiendo coherentemente el ámbito de actuación, necesidades y actividades concretas a desarrollar, acordes a los objetivos establecidos en la convocatoria (hasta 5 puntos).

- Precisión y coherencia en la definición de todas las actividades, así como del cronograma a desarrollar para el cumplimiento de objetivos en materia de voluntariado (hasta 4 puntos).

- Los recursos humanos, técnicos y materiales destinados al proyecto son acordes a los objetivos y actividades planteados en materia de voluntariado (hasta 4 puntos).

- Las metas son acordes a los objetivos previstos en materia de voluntariado (hasta 4 puntos).

- El proyecto presenta, además, un sistema desarrollado y concreto para la medición del impacto obtenido (hasta 4 puntos).

- El proyecto presenta, además, un sistema desarrollado y concreto para su formulación como buena práctica (hasta 4 puntos).

2. Responsable de voluntariado (hasta 4 puntos):

- La entidad cuenta con un profesional remunerado responsable de voluntariado para el proyecto presentado (4 puntos).

3. Presupuesto: Se tendrá en cuenta la adecuación, concreción y ajuste entre los distintos conceptos del gasto del proyecto (hasta 4 puntos):

- La concreción y ajuste entre los diferentes conceptos de gasto es adecuado, conforme a los objetivos perseguidos (4 puntos).

- La concreción y ajuste entre los diferentes conceptos de gasto son parcialmente adecuados, conforme a los objetivos perseguidos (2 puntos).

- La concreción y ajuste entre los diferentes conceptos de gasto no son adecuados, conforme a los objetivos perseguidos (0 puntos).

4. Aspectos innovadores: Se valorará que el contenido del proyecto se adecue a las prioridades y contemple aspectos innovadores, en la gestión y desarrollo del voluntariado, así como en sus objetivos y previsión de resultados (hasta 12 puntos):

- El proyecto incorpora a las personas con diversidad funcional y a colectivos en situación de riesgo de exclusión como voluntarios/as, desarrollando metodologías específicas para su accesibilidad (6 puntos).

- Proyectos de voluntariado comunitario, cuya metodología de intervención de las personas voluntarias favorece la mejora de la comunidad. Se valorará la participación activa de las/los vecinas/os en la resolución de conflictos o problemas de convivencia (3 puntos).

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