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BOAM nº 8863 (09/04/2021)
Distrito de Tetuán

759

Decreto de 25 de marzo de 2021 de la Concejal Presidente del Distrito de Tetuán por el que se aprueban las Bases del VIII Certamen Coreográfico del Distrito de Tetuán 2021.

b) Vía correo postal: Ficha de inscripción, currículum vitae del autor de la coreografía y DVD de la propuesta coreográfica a la siguiente dirección postal:

CERTAMEN COREOGRÁFICO DISTRITO DE TETUÁN

Centro Cultural Eduardo Úrculo

Plaza Donoso, n.º 5 - 28029 MADRID

El plazo de presentación de las solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y finalizará el 18 de abril de 2021, incluido.

 

6. Premios.

 

Se establecen los siguientes premios:

 

• Premio a la mejor coreografía de danza contemporánea, con una dotación económica de 2.000 €.

• Premio a la mejor coreografía de danza española o flamenco, con una dotación económica de 2.000 €.

• Premio a la mejor coreografía de danza en espacios urbanos abiertos, con una dotación económica de 1.000 €.

• Premio al mejor bailarín/a de danza contemporánea, con una dotación económica de 1.000 €.

• Premio al mejor bailarín/a de danza española o flamenco, con una dotación económica de 1.000 €.

Además, se otorgarán los siguientes premios (sin dotación económica):

• Premio Centro Cultural Eduardo Úrculo: Residencia artística, consistente en la cesión de un espacio en este centro, con una duración máxima de tres meses, para desarrollar una propuesta coreográfica que se presentará al público dentro de la programación del centro. Premio concedido por la Concejal Presidente del Distrito de Tetuán.

• Premio Compañía Residente: Dos premios concedidos por la compañía Daniel Doña, residente en el centro cultural Eduardo Úrculo, y consistentes en dos residencias artísticas (cesión de uso del aula número 3 del centro que ocupa D. Daniel Doña), a dos coreógrafos de danza contemporánea, danza española o flamenco, durante el año 2021, que presentarán el resultado del trabajo dentro de la programación del centro.

• Premio del Público del Distrito de Tetuán: El público concederá este premio honorífico, a una de entre todas las coreografías participantes.

A estos premios se podrán sumar otros, otorgados a los participantes por aquellos estudios o academias de danza que colaboren en el certamen formando parte del jurado.

De todos estos premios no se derivará ningún tipo de coste económico para la Junta Municipal del Distrito de Tetuán, ya sea dinerario o en especie.

Los premios podrán quedar desiertos si así lo decidiera el jurado.

Conforme al artículo 2 de la Disposición Adicional Primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, esta convocatoria de premios se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid así como en la sede electrónica, junto con los datos y documentos que establece el artículo 6 de la citada ordenanza, pudiéndose publicar adicionalmente en la forma y por los medios que se establezcan por el órgano competente para su convocatoria.

Asimismo, de acuerdo con el artículo 24.3 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, la publicidad de las convocatorias también se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y se llevará a cabo a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Será de aplicación a los premios en metálico la legislación vigente en materia de impuesto sobre la renta de las personas físicas, a los efectos de aplicar los descuentos correspondientes.

Para el cobro de los premios, los participantes de la presente edición a la finalización del plazo de la presentación de las obras, deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias, de Seguridad Social, encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid y hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

Los participantes autorizan al personal responsable de la Junta de Distrito de Tetuán (Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario), a la realización de oficio de cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución. Toda comprobación por parte de la Administración Municipal de los datos relativos al cumplimiento de los requisitos de los participantes requerirá de su autorización expresa (artículo 6 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales).

Los/as participantes, deberán aportar un impreso T, con el número de cuenta corriente donde soliciten que se proceda al ingreso de los premios. (La cumplimentación de este impreso no será precisa en el caso de que se encuentren dados de alta en la base de datos de terceros del Ayuntamiento de Madrid).

 

7. El jurado estará formado por:

 

- Presidenta:

Concejal Presidente del Distrito de Tetuán, con voto de calidad.

- Secretario:

Jefe de Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario y, en su ausencia:

- Director/a del Centro Cultural Eduardo Úrculo. Con voz y sin voto.

- Cinco miembros elegidos entre bailarines y coreógrafos de reconocido prestigio, con voz y voto.

El jurado es el responsable de la interpretación de las presentes bases, así como de la resolución de cualquier incidencia no prevista en las mismas.

Las decisiones del jurado constarán en acta.

El fallo del jurado será inapelable.

Asimismo, el Distrito de Tetuán se reserva el derecho de hacer las modificaciones o tomar las iniciativas no reguladas en las presentes bases, siempre que contribuyan al mayor éxito del certamen.

 

8. Criterios de Valoración.

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