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BOAM nº 8863 (09/04/2021)
Distrito de Tetuán

759

Decreto de 25 de marzo de 2021 de la Concejal Presidente del Distrito de Tetuán por el que se aprueban las Bases del VIII Certamen Coreográfico del Distrito de Tetuán 2021.

BASES POR LAS QUE SE HA DE REGIR EL VIII CERTAMEN COREOGRÁFICO DEL DISTRITO DE TETUÁN 2021

 

1. Objeto y finalidad de la convocatoria.

 

El Distrito de Tetuán convoca el VIII Certamen Coreográfico del Distrito de Tetuán. La convocatoria de este certamen tiene una doble finalidad: promocionar e incentivar la creación artística, la investigación y la innovación en el ámbito de la danza, y crear una plataforma de exhibición y promoción, tan necesaria para los creadores y bailarines, que los acerque al público y dé a conocer su trabajo.

Se convoca el Certamen Coreográfico en las siguientes disciplinas:

· Danza contemporánea.

· Danza española o flamenco.

· Danza en espacios urbanos abiertos.

 

2. Régimen jurídico aplicable.

 

La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017; en su defecto, se regularán por lo dispuesto en la citada Ordenanza, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y su Reglamento, salvo en aquellos aspectos en los que por la especial naturaleza de estas subvenciones no resulte aplicable.

 

3. Categorías y participantes.

 

Podrán presentarse al certamen, en cualquiera de las modalidades, los/as coreógrafos/as e intérpretes profesionales residentes en España o en el extranjero.

Los coreógrafos seleccionados se responsabilizarán de los acuerdos laborales y autorales con respecto a los intérpretes y colaboradores artísticos que participen en la propuesta coreográfica.

El certamen coreográfico no se responsabilizará de ningún daño físico o material sufrido o causado por los participantes durante el certamen.

Los coreógrafos o compañías participantes deberán venir acompañados para los ensayos y las funciones de un regidor que conozca la coreografía y pueda indicar los efectos de luz y sonido a los técnicos del auditorio del centro cultural Eduardo Úrculo.

El certamen pondrá a disposición de los coreógrafos un técnico de sonido. No obstante, en la modalidad de danza en espacios urbanos abiertos se recomienda a cada participante traer sus propios técnicos.

Todas las coreografías que resulten premiadas en cualquiera de las modalidades deberán incluir la mención a la edición del certamen y la categoría del premio recibido en los programas de mano, siempre que en ellos aparezca la pieza o el intérprete galardonados.

Según lo indicado en el artículo 3 de la "Disposición Adicional Primera. Premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza sujetos a publicidad y concurrencia", de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, no podrán participar en las respectivas convocatorias las personas físicas, jurídicas o entidades que cumpliendo los requisitos específicos de participación establecidos en cada una de ellas, estén incursas en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Los participantes deberán presentar una declaración de no encontrarse incursos en ninguna de las prohibiciones previstas en el citado artículo 13 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Asimismo, deberán acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones en la forma establecida en el artículo 33 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos.

La participación en el certamen implica la total aceptación de las bases de esta convocatoria y del fallo inapelable del jurado.

 

 

4. Requisitos de las obras.

 

Podrán participar coreografías de solo, dúo y grupo, con un máximo de 6 bailarines/as por coreografía y un máximo de 10 efectos de iluminación. En caso de utilizar música en directo, el máximo de músicos que podrán estar en escena será de 3 intérpretes.

Podrán concursar obras inéditas o ya estrenadas (no anteriores al 2020). Las obras presentadas no podrán exceder de un máximo de 15 minutos de duración y deberán ajustarse al material audiovisual enviado para la preselección.

No se admitirán cambios sustanciales en las propuestas seleccionadas con respecto a la grabación enviada para la pre-selección. La grabación podrá ser de un ensayo en caso de tratarse de una creación específica para presentar al certamen.

Debido a las características del espacio escénico y al único acceso al escenario, los elementos escenográficos deberán ser reducidos para el buen desarrollo del conjunto de la puesta en escena.

Los elementos escenográficos deberán poder colocarse en el momento. La viabilidad del uso de los mismos estará siempre sujeta al criterio de la dirección técnica del certamen.

 

5. Entrega de las obras y plazo de presentación.

 

El material se podrá enviar:

a) Vía e-mail: Ficha de inscripción (adjunta), currículum vitae del autor de la coreografía y enlace a alguna plataforma digital, como Vimeo o Youtube, de la propuesta coreográfica, al siguiente correo electrónico:

- ccdistritodetetuan@gmail.com. Si el vídeo fuese privado, en la solicitud se adjuntará la clave de acceso.

El vídeo contendrá la grabación íntegra de la pieza, no serán admitidos extractos, resúmenes o tráileres. La grabación para la modalidad de espacios urbanos abiertos deberá realizarse en espacio no convencional. No serán admitidos vídeos de la pieza con diseño de luces para la modalidad de danza en espacios urbanos abiertos.

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