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BOAM nº 9556 (24/01/2024)
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

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Decreto de 22 de enero de 2024 del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad por el que se aprueba el Pliego general de pactos y condiciones económico administrativas reguladoras de la enajenación directa y onerosa de las cuotas de suelo que corresponde a los titulares superficiarios, de las viviendas, locales comerciales, anejos y garajes de los edificios construidos en las parcelas municipales cedidas en derecho de superficie.

Con fecha 12 de enero de 2024, el Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad acordó el inicio conforme a lo acordado por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid, en su sesión de 25 de abril de 2023 y a la vista de la Memoria Justificativa de la Dirección General de Gestión Urbanística de 12 de enero de 2024, de las actuaciones necesarias para la elaboración y aprobación de un nuevo Pliego General de Pactos y Condiciones Económico Administrativas reguladoras de la enajenación directa y onerosa de las cuotas de suelo que corresponde a los titulares superficiarios, de las viviendas, locales comerciales, anejos y garajes de promociones construidas en parcelas municipales cedidas en derecho de superficie a través del Plan 18.000 y otras convocatorias denominadas 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª, así como la Demanda Esencial Insatisfecha (DEI).

 

El Pliego contiene la regulación de las condiciones, requisitos, procedimiento y efectos jurídicos, de las enajenaciones de las cuotas suelo de las parcelas, contenidas en el Anexo I "Relación de Parcelas", las cuales se valorarán de acuerdo con lo establecido en el Anexo II, que contiene la "Memoria relativa a la metodología de valoración de las cuotas de suelo indivisas de parcelas municipales cedidas en derecho de superficie". Ambos anexos forman parte inseparable del Pliego.

 

Constan en el expediente informes de la Asesoría Jurídica, de la Intervención General y de la Dirección General de Gestión Urbanística en el que se propone, una vez comprobado que cumple con la normativa de aplicación, la aprobación del Pliego general de pactos y condiciones económico administrativas reguladoras de las enajenaciones de las cuotas suelo a los titulares superficiarios.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3º6.1 c) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, a propuesta de la Dirección General de Gestión Urbanística de 19 de enero de 2024,

 

DISPONGO

 

Aprobar el Pliego General de Pactos y Condiciones Económico-Administrativas, que ha de regir la enajenación directa y onerosa de las cuotas de suelo que corresponde a los titulares superficiarios, de las viviendas, locales comerciales, anejos y garajes, en la misma proporción indivisa a las cuotas que dichos inmuebles tienen asignados, en los elementos comunes que integran cada uno de los edificios construidos, sobre las parcelas municipales cedidas en derecho de superficie a través del Plan 18.000 y otras convocatorias, denominadas 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5ª, y DEI (Demanda Esencial Insatisfecha), que se relacionan en el Anexo I "Relación de parcelas" del citado Pliego.

 

Madrid, a 22 de enero de 2024.- El Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, Francisco de Borja Carabante Muntada.

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