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BOAM nº 8995 (14/10/2021)
Área de Gobierno de Hacienda y Personal

2670

Resolución de 11 de octubre de 2021 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se rectifica error material advertido en la resolución de 4 de octubre de 2021 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que nombra el tribunal calificador de las pruebas selectivas para proveer 3 plazas de Operario/a de Servicios Generales del Ayuntamiento de Madrid para personas con discapacidad intelectual.

Mediante Resolución 4 de octubre de 2021 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM número 8.992, de 8 de octubre de 2021) se nombró el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer 3 plazas de Operario/a Servicios Generales del Ayuntamiento de Madrid para personas con discapacidad intelectual.

 

Habiéndose advertido error material en la citada Resolución de 4 de octubre de 2021 del Director General de Planificación de Recursos Humanos y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Rectificar el error advertido en la resolución de 4 de octubre de 2021 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM número 8.992, de 8 de octubre de 2021) por la que se nombró el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer 3 plazas de Operario/a Servicios Generales del Ayuntamiento de Madrid para personas con discapacidad intelectual, en los siguientes términos:

 

En el apartado primero, segunda línea, donde dice:

"29 plazas"

 

Debe decir :

"3 plazas".

 

SEGUNDO.- La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica (www.madrid.es).

 

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

 

II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123 apartado 2.º y 124 LPAC y 46 LJCA).

 

III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).

 

IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).

 

Madrid, a 11 de octubre de 2021.- El Director General de Planificación de Recursos Humanos, Antonio Sánchez Díaz.

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