BOAM nº 8602 (13/03/2020)
Alcaldía
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Decreto de 12 de marzo de 2020 del Alcalde por el que se determinan los servicios del Ayuntamiento de Madrid, sus Organismos Autónomos y Empresas Públicas con motivo de las medidas excepcionales adoptadas para contener el COVID-19.Quinto.- Efectos
Se deja sin efecto lo dispuesto en el Decreto de 11 de marzo de 2020 de la Delegada de Área de Gobierno de Hacienda y Personal por el que se establecen un conjunto de Medidas organizativas y preventivas en los centros de trabajo dependientes del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, con motivo del Covid-19, en lo que contradiga lo dispuesto en el presente Decreto.
Las medidas previstas en este Decreto tendrán una vigencia del 13 al 26 de marzo, ambos inclusive, sin perjuicio de las prórrogas que se puedan acordar.
Sexto.- Habilitación
Se habilita a los titulares de las Áreas de Gobierno y Concejales Presidentes de los Distritos a los que estén adscritos los servicios necesarios e imprescindibles, y en particular al Director General de Policía Municipal, al Director General de Emergencias y Protección Civil y al Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud, para adaptar, ante situaciones excepcionales, los servicios incluidos en los anexos según lo requieran las circunstancias.
Séptimo.- Dar cuenta al Pleno
Del presente Decreto se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.
Madrid, a 12 de marzo de 2020.- El Alcalde, José Luis Martínez-Almeida Navasqüés.