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BOAM nº 9583 (01/03/2024)
Ayuntamiento Pleno

661

Acuerdos de la sesión (1/2024), ordinaria del Pleno celebrada el día 29 de enero de 2024.

SEGUNDO.- Aprobar definitivamente el Plan Especial para la parcela situada en la calle de San Pedro número 3 con vuelta a la calle de la Verónica número 11, distrito de Centro, promovido por Coming To Town S.L., de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2 de la citada Ley.

TERCERO.- Publicar el presente acuerdo en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid", en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística".

 

 

Punto 13. Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el trámite de información pública sin que se hayan presentado alegaciones, el Plan Especial para el edificio situado en la calle de Toledo, número 98, promovido por la Parroquia de la Virgen de la Paloma y San Pedro el Real. Distrito de Centro.

Siendo el acuerdo adoptado del siguiente tenor literal:

"PRIMERO.- Aprobar definitivamente el Plan Especial para el edificio situado en la calle de Toledo número 98, distrito de Centro, promovido por la Parroquia de la Virgen de la Paloma y San Pedro el Real, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2 de la citada Ley.

SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid", en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística".

 

Punto 14. Aprobar definitivamente, con estimación parcial y desestimación de las alegaciones presentadas durante el trámite de información pública, el Plan Especial para la mejora de las Redes Públicas en las parcelas situadas en la calle de la Sinfonía, número 14, calle de los Timbales, número 11 y carretera del Barrio de la Fortuna, número 8 I. Distrito de Latina.

Siendo el acuerdo adoptado del siguiente tenor literal:

"PRIMERO.- Estimar parcialmente y desestimar las alegaciones presentadas durante el trámite de información pública, por las razones y en los términos señalados en el informe técnico-jurídico de la Dirección General de Planeamiento de 5 de enero de 2024. Dicho informe estará a disposición de los alegantes y de los ciudadanos en general, formando parte de la documentación que se publique en la página de transparencia del Ayuntamiento de Madrid, una vez que el planeamiento se apruebe definitivamente.

SEGUNDO.- Aprobar definitivamente el Plan Especial para la mejora de las Redes Públicas en las parcelas números 19.419, 26.398 y 26.399 del Patrimonio Municipal del Suelo, situadas en la calle de la Sinfonía número 14, calle de los Timbales número 11 y carretera del Barrio de la Fortuna número 8 I, distrito de Latina, de iniciativa pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2 de la citada Ley.

TERCERO.- Publicar el presente acuerdo en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid", en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística".

 

Punto 15. Aprobar la rectificación de los errores materiales, de hecho y aritméticos detectados en la modificación de las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997.

Siendo el acuerdo adoptado del siguiente tenor literal:

"PRIMERO.- Rectificar los errores materiales, de hecho y aritméticos detectados en los documentos de la modificación de las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, relativos a la unidad de medida aplicada a la anchura contenida en el apartado 2 del artículo 7.3.6; la duplicidad en el texto de la disposición derogatoria única y su posición y a la errata de trascripción en las páginas 113 y 148 del "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" número 282 el 27 de noviembre de 2023, descritos en el informe técnico de la Dirección General de Planeamiento de 15 de enero de 2024 y recogidos en el anexo adjunto a este acuerdo, de conformidad con lo establecido en el artículo 69 bis de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid", con indicación de haberse procedido previamente al depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística del modo establecido en los artículos 65, 66 y 69 bis de la Ley 9/2001, de 17 de julio".

 

El anexo al que se refiere el acuerdo se incluye como apéndice único, relacionado con el punto 15 del orden del día.

 

Punto 16. Inadmitir el recurso de reposición interpuesto por particulares, contra el Acuerdo del Pleno de 30 de octubre de 2023, por el que se ratificó, con desestimación de las alegaciones presentadas durante el trámite de información pública, el texto definitivo del convenio urbanístico de gestión urbanística y ejecución del Área de Planeamiento Especifico 09.06 "La Horca- Carretera de Húmera", inicialmente suscrito con Iniciativas en Áreas de Planeamiento, S.L. Distrito de Moncloa-Aravaca.

Siendo el acuerdo adoptado del siguiente tenor literal:

"PRIMERO: Inadmitir el recurso de reposición interpuesto por doña Beatriz y doña María Soledad Prados García contra el Acuerdo plenario del Ayuntamiento de Madrid de 30 de octubre de 2023 por el que se desestimaron las alegaciones presentadas durante el trámite de información pública y se ratificó el texto definitivo del convenio urbanístico para la gestión urbanística y ejecución del planeamiento en el Área de Planeamiento Especifico 09.06 "La Horca- Carretera de Húmera".

SEGUNDO: Este acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime procedente".

 

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