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BOAM nº 8611 (26/03/2020)
Alcaldía

577

Decreto de 25 de marzo de 2020 del Alcalde por el que se prorroga el Decreto de 12 de marzo de 2020 por el que se determinan los servicios del Ayuntamiento de Madrid, sus Organismos Autónomos y Empresas Públicas con motivo de las medidas excepcionales adoptadas para contener el Covid-19.

Por Decreto del Alcalde de 12 de marzo de 2020, se determinaron los servicios del Ayuntamiento de Madrid, sus Organismos Autónomos y Empresas Públicas con motivo de las medidas excepcionales adoptadas para contener el Covid-19.

 

Los efectos de vigencia de las medidas establecidas en el Decreto fueron fijados hasta el 26 de marzo, sin perjuicio de las prórrogas que se pudieran acordar.

 

Mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, estableciendo en su artículo tercero una vigencia del mismo de 15 días naturales, plazo que finaliza el 28 de marzo.

 

No obstante lo anterior, el Consejo de Ministros en la sesión celebrada el 24 de marzo, autorizó prorrogar el estado de alarma decretado al menos hasta el 11 de abril de 2020, debido a la crítica situación sanitaria existente en todo el territorio nacional, extremo que ha sido ratificado por el Congreso de los Diputados en la sesión celebrada el 25 de marzo de 2020.

 

La situación actualmente existente como consecuencia de la drástica evolución de la situación sanitaria y consecuente propagación del Covid-19, siendo Madrid una de las ciudades más afectadas por la pandemia, hacen necesario, en consonancia con los criterios marcados por el Gobierno de la Nación, prorrogar la vigencia de las medidas extraordinarias adoptadas por el Ayuntamiento de Madrid en tanto dure la situación del estado de alarma.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.1.f) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, que autoriza al Alcalde a adoptar las medidas necesarias y adecuadas en casos de extraordinaria y urgente necesidad,

 

DISPONGO

 

Primero. Prorrogar los efectos del Decreto de 12 de marzo de 2020, por el que se determinaron los servicios del Ayuntamiento de Madrid, sus Organismos Autónomos y Empresas Públicas con motivo de las medidas excepcionales adoptadas para contener el Covid-19, mientras dure la vigencia del estado de alarma establecido por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, o cualquier otra normativa de desarrollo, en los términos que se decrete por el Gobierno de la Nación.

 

Segundo. El presente Decreto surtirá efectos desde el día de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Tercero. Del presente Decreto se dará cuenta al Pleno a fin de que quede enterado del mismo.

 

Madrid, a 25 de marzo de 2020.- El Alcalde, José Luis Martínez-Almeida Navasqüés.

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