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BOAM nº 8393 (09/05/2019)
Distrito de Fuencarral-El Pardo

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Decreto de 24 de abril de 2019 del Concejal Presidente del Distrito de Fuencarral-El Pardo por el que se aprueba la Convocatoria ordinaria de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo para la anualidad 2019 y Convocatoria anticipada para la anualidad 2020.

En el marco establecido por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de fecha 30 de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno de 31 de mayo de 2017 -en adelante, OBRGS-; y en virtud de la competencia que tienen atribuida por Acuerdo de Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias de los Distritos, se aprueba la convocatoria pública para la concesión de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo en las anualidades 2019 y 2020 en el Distrito de Fuencarral- El Pardo, con arreglo a las siguientes especificaciones:

 

Artículo 1.- Ámbito y objeto de la convocatoria.

 

1. El Ayuntamiento de Madrid, a través del Distrito de Fuencarral- El Pardo, de acuerdo a los objetivos y líneas establecidas en el Plan Estratégico de Subvenciones de Distritos 2018-2020 aprobado por Decreto de 20 de diciembre de 2018 del Delegado del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social, convoca la concesión de subvenciones de Fomento del Asociacionismo mediante tramitación ordinaria para el año 2019 y anticipada para el año 2020, dirigida a todas las asociaciones de base que tengan su domicilio social en este distrito y estén inscritas en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la OBRGS, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de cada uno de los ejercicios en el momento de la resolución de la concesión.

La finalidad de esta convocatoria de subvenciones es la promoción del tejido asociativo y la participación de las entidades ciudadanas del municipio de Madrid. Para ello, se proporcionarán recursos a las entidades ciudadanas al objeto de que fortalezcan las relaciones entre sus asociados, puedan captar nuevas personas y garantice su correcto funcionamiento y el desarrollo de sus actividades, al tiempo que se fomenta su implicación y participación en la actividad municipal.

2. La presente convocatoria, que se desarrollará en régimen de concurrencia, se refiere a las siguientes modalidades de subvención:

2.1. Modalidad de Proyectos.

Esta modalidad está destinada a financiar proyectos de Fomento del Asociacionismo destinados a fortalecer las relaciones entre asociados y a promover la incorporación de nuevas personas, mediante el desarrollo de los objetivos operativos que se establecen el artículo 2 de esta convocatoria.

Las entidades que presenten proyectos de estas características deberán acceder a la convocatoria por la modalidad de Proyectos.

2.2. Modalidad de Gastos de mantenimiento, desarrollo tecnológico y adquisición de mobiliario y equipamiento para el funcionamiento de sedes sociales y otros espacios.

Otra finalidad de la convocatoria es garantizar la continuidad y el correcto funcionamiento de las asociaciones del distrito. Las entidades que presenten solicitudes para sufragar gastos de alquiler y funcionamiento de sede social u otros espacios en los que las entidades desarrollen actividades de forma habitual, presentarán solicitud por esta modalidad de mantenimiento de sede social. Asimismo, para el caso de solicitudes de subvención para la adquisición de equipamiento (mobiliario y equipamiento para la sede social) accederán a la convocatoria por esta misma modalidad.

La presentación de una solicitud de participación a la presente convocatoria implica la aceptación de la misma, sin condiciones ni reservas.

 

Artículo 2.- Modalidad de Proyectos: Objetivos operativos e indicadores de evaluación.

 

1. A los efectos previstos en esta convocatoria y para esta modalidad se valorarán solamente aquellas solicitudes que se encuadren dentro de la siguiente línea de subvención, correspondiente a la Línea 1 del Plan Estratégico de Subvenciones de Distritos 2018-2020:

Apoyar a entidades ciudadanas que desarrollen proyectos que promocionen el asociacionismo y la democracia participativa.

2. Cada entidad solicitante podrá presentar un único proyecto a esta convocatoria para cada anualidad. El proyecto presentado deberá ser encuadrado dentro de la línea de actuación de esta convocatoria y del objetivo operativo previsto en la misma.

La presentación por una misma entidad de un número de proyectos superior al indicado conllevará la inadmisión de aquellos que excedan del citado límite, procediéndose a admitir y evaluar aquel de los presentados en el que la cuantía solicitada sea de menor importe.

No serán admitidos aquellos proyectos cuyo presupuesto total, impuestos incluidos, supere los 15.000 euros para cada anualidad.

La cuantía solicitada no podrá superar el presupuesto del proyecto, y no podrá ser superior a 5.000 euros para cada anualidad. No serán admitidas las peticiones cuya cuantía solicitada sea superior al límite expresado.

Los criterios para valorar las solicitudes admitidas en esta modalidad están recogidos en el artículo 10 de esta convocatoria.

Quedan excluidos de la presente convocatoria los proyectos de actividades que tengan por objeto gastos de inversión.

Los proyectos que se subvencionen a través de estas convocatorias se realizarán en dos ejercicios diferentes, año 2019 o año 2020, en función de la convocatoria a la que se presente la solicitud.

3. Siguiendo la línea de subvención 1 del Plan Estratégico de Subvenciones de Distritos 2018-2020, los proyectos, para ser subvencionados, deberán contribuir al siguiente objetivo operativo cuyo resultado se estimará con los indicadores de actividad y de resultado definidos para el mismo:

Objetivo Operativo: Favorecer el correcto funcionamiento de las entidades y el desarrollo de sus actividades.

Indicador: Porcentaje de entidades beneficiadas que permanecen inscritas en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos: 100%.

Indicadores de resultados de los proyectos:

- Indicador de actividad: número de actividades desarrolladas por cada entidad.

- Unidad de medida: número de actividades.

- Fórmula de cálculo: sumatorio.

- Fuente de verificación: certificado sobre el número y denominación de las actividades realizadas. A este certificado acompañará el material de difusión empleado.

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