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BOAM nº 8545 (18/12/2019)
Área de Gobierno de Cultura y Deportes

2390

Resolución de 12 de diciembre de 2019 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por la que se ordena la publicación oficial del Decreto de la Titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, de fecha 4 de diciembre de 2019, de la concesión de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de actos deportivos en la ciudad de Madrid durante el año 2018.

 

SEGUNDO.- Declarar desestimadas, en la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actos deportivos en la ciudad de Madrid durante el año 2018, a las siguientes entidades:

 

Desestimadas:

ENTIDAD

NIF

ACTO

MOTIVO

FEDERACIÓN MADRILEÑA DE HALTEROFILIA

V79290367

I JORNADA DE LIGAS MADRILEÑAS 2018

Art. 6. Ayudas concedidas más ingresos superan el coste de la actividad

CLUB UNIÓN ZONA NORTE

G82180373

VIAJE A BENICASIM 2018

Art. 3. Acto deportivo celebrado fuera del municipio de Madrid

 

TERCERO.- Contra el presente decreto, se pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

1.- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

2.- Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, siendo el plazo para su interposición el de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 del precitado texto legal.

 

3.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas)".

 

  Madrid, a 12 de diciembre de 2019.- La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, M.ª Carmen González Fernández.

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