BOAM nº 8889 (18/05/2021)
Distrito de Arganzuela
1206
Decreto de 16 de marzo de 2021 por el que se han aprobado las bases por las que se regirá la convocatoria ordinaria de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo para la anualidad 2021 y convocatoria anticipada para la anualidad 2022, convalidado por Decreto de 4 de mayo de 2021.- Fomento de la participación activa de las personas asociadas: hasta 15 puntos.
- Relevancia de los fines para la promoción del tejido asociativo y la participación de las entidades ciudadanas: hasta 10 puntos.
b) Descripción del proyecto: hasta 15 puntos.
Se tendrá en cuenta la claridad y precisión de la descripción de las actividades, así como de la adecuación y concreción de los medios técnicos, personales y materiales que la entidad destina al desarrollo del proyecto. Asimismo, se tendrá en cuenta que el proyecto presente una clara, concreta y adecuada fundamentación de su necesidad.
- Claridad y precisión en la descripción del proyecto: hasta 5 puntos.
- Adecuación y concreción de los medios destinados al proyecto: hasta 5 puntos.
- Fundamentación de la necesidad: hasta 5 puntos.
c) Aspectos innovadores: hasta 30 puntos.
Se valorará que el contenido del proyecto contemple aspectos innovadores en la promoción y desarrollo del asociacionismo y de la participación ciudadana.
• Aspectos innovadores en promoción y desarrollo del asociacionismo: hasta 15 puntos.
• Aspectos innovadores sobre participación ciudadana: hasta 15 puntos.
Artículo 11.- Criterios de valoración para las subvenciones en la modalidad de Gastos de mantenimiento, desarrollo tecnológico y adquisición de mobiliario y equipamiento para el funcionamiento de sedes sociales u otros espacios.
1.- Valoración de la entidad: hasta 15 puntos.
La evaluación de la entidad se realizará con arreglo a los mismos criterios que se detallan en el artículo 10 de esta convocatoria.
2.- Análisis de pertinencia del gasto: hasta 85 puntos.
a) Número de proyectos desarrollados por la entidad durante la anualidad 2019 (o 2020 si estamos en la convocatoria de 2022): hasta 35 puntos.
b) Número de proyectos desarrollados por la entidad durante la anualidad 2020 (o 2021 si estamos en la convocatoria de 2022): hasta 50 puntos.
Estos datos se consignarán en el modelo Anexo II. En ambos casos se valorará la actividad de la entidad, con independencia del lugar en el que se desarrollen los proyectos.
Para otorgar la puntuación se podrán establecer hasta un máximo de 5 tramos, primando aquellas asociaciones que hayan realizado mayor número de actividades en los referidos ejercicios. Esta distribución de la puntuación se realizará con arreglo a los siguientes tramos:
Convocatoria de 2021:
Proyectos desarrollados en 2019 Puntos
De 8 en adelante proyectos 35
De 6 a 7 proyectos 30
De 4 a 5 proyectos 25
De 2 a 3 proyectos 20
Con 1 proyecto 10
Proyectos desarrollados en 2020 Puntos
De 8 en adelante proyectos 50
De 6 a 7 proyectos 40
De 4 a 5 proyectos 30
De 2 a 3 proyectos 20
Con 1 proyecto 10
Convocatoria 2022:
Proyectos desarrollados en 2020 Puntos
De 8 en adelante proyectos 35
De 6 a 7 proyectos 30
De 4 a 5 proyectos 25
De 2 a 3 proyectos 20
Con 1 proyecto 10
Proyectos desarrollados en 2021 Puntos
De 8 en adelante proyectos 50