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BOAM nº 8584 (18/02/2020)
Área de Gobierno de Vicealcaldía

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Decreto de 20 de diciembre de 2019 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía por el que se aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones para la promoción y desarrollo de los soportes de prensa escrita de ámbito distrital o inferior (medios hiperlocales) para la anualidad 2020.

De conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, y el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 27 de junio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, vengo a adoptar el siguiente

 

DECRETO

 

"Aprobar la convocatoria pública de subvenciones para la promoción y desarrollo de los soportes de prensa escrita de ámbito distrital o inferior (medios hiperlocales), para la anualidad 2020, con arreglo al texto de la convocatoria que figura unido al expediente y que asimismo se aprueba".

 

Madrid, a 20 de diciembre de 2019.- La Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Begoña Villacís Sánchez.

 

CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE LOS SOPORTES DE PRENSA ESCRITA DE ÁMBITO DISTRITAL O INFERIOR (MEDIOS HIPERLOCALES), DEL ÁREA DE GOBIERNO DE VICELACALDÍA, PARA LA ANUALIDAD 2020.

 

En el marco establecido por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013 y publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, número 278, de 22 de noviembre de 2013 -en adelante, OBRGS-, así como de lo establecido en el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 27 de junio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, y de lo establecido en el Acuerdo de 17 de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban las directrices para la tramitación de la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, se aprueba la convocatoria pública, para la concesión de subvenciones para la promoción y desarrollo de soportes de prensa escrita de ámbito distrital o inferior (medios hiperlocales) para el año 2020, a través de la Dirección General de Coordinación Territorial y Desconcentración del Área Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana, dirigida a soportes de distrito de prensa escrita.

 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de los artículos 9 y 10 de la OBRGS, la presente convocatoria se encuentra incluida dentro del Plan Estratégico de Subvenciones, de la antigua Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social para el periodo 2019-2021.

 

Además de por las disposiciones generales reguladoras del régimen jurídico de las subvenciones, la convocatoria se regirá por lo previsto en los siguientes artículos:

 

Artículo 1. Ámbito y objeto de la convocatoria.

 

1. La Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, a través de la Dirección General de Coordinación Territorial y Desconcentración del Área Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana, dentro de los créditos consignados en los Presupuestos Generales del Ayuntamiento de Madrid para 2020, convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones a medios de comunicación escrita de ámbito distrital o inferior (medios hiperlocales).

 

2. Las finalidades y objetivos de esta convocatoria de subvenciones son fomentar la información de proximidad vinculada a las necesidades de los vecinos y vecinas y del conjunto de entidades sociales del ámbito distrital o inferior, potenciando así la participación en los asuntos públicos.

 

3. A efectos de esta convocatoria, tendrán la consideración de "medios hiperlocales" o distritales, las publicaciones y soportes que por sus características de distribución se ajustan a un área geográfica reducida, delimitada por uno o varios distritos de la ciudad de Madrid y cuyo contenido incluya preferentemente el tratamiento de temas y noticias de especial repercusión en los distritos y barrios de la ciudad de Madrid, hasta un máximo de tres distritos.

 

La finalidad de esta convocatoria es desarrollar la línea 3 de subvención prevista en el Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social 2019-2021 y va dirigida a financiar proyectos de información de proximidad vinculados al ámbito de un distrito o ámbitos inferiores y, como máximo que abarquen tres distritos, en soporte papel, con objeto de mejorar sus medios de producción, edición y difusión.

 

El objetivo operativo de la convocatoria es promover la existencia de, al menos, un medio de comunicación impreso por distrito o de diferentes medios de ámbito inferior que, en su conjunto, abarquen un distrito, así como mejorar su edición técnica.

 

4. La presente convocatoria se rige por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), y su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante, RGS).

 

La presentación de una solicitud de participación a la presente convocatoria, implica la aceptación de la misma, sin condiciones, ni reservas.

 

Artículo 2. Objetivo e indicadores de evaluación de la convocatoria.

 

1. A los efectos previstos en esta convocatoria se valorarán solamente aquellas actividades que se encuadren dentro del siguiente objetivo, incluido en el Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social para el período 2019-2021:

- Objetivo: Fomento de la información de proximidad vinculada a las necesidades de los vecinos y vecinas y del conjunto de entidades sociales de ámbito territorial, potenciando así la participación en los asuntos públicos.

 

 2. Indicadores de evaluación del objetivo que se pretende:

- N.º de medios hiperlocales: Un medio por distrito o varios de ámbito inferior que, en su conjunto, abarquen el ámbito de un distrito.

 

3. Indicadores de evaluación de la convocatoria:

- Indicador de actividad: Número de solicitudes presentadas.

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