Saltar navegación

BOAM nº 8928 (12/07/2021)
Área de Gobierno de Hacienda y Personal

1863

Resolución de 7 de julio de 2021 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se aprueba la relación definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as a las pruebas selectivas convocadas para la provisión de 112 plazas de Diplomado/a Trabajos Sociales del Ayuntamiento de Madrid.

Mediante Resolución de 28 de abril de 2021, del Director General de Planificación de Recursos Humanos, fue aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as a las pruebas selectivas convocadas para la provisión de 112 plazas de la categoría de Diplomado/a Trabajos Sociales, la cual fue publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid el 5 de mayo de 2021, otorgando a los aspirantes un plazo único e improrrogable de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación, para subsanar el defecto que hubiese motivado su no inclusión expresa.

 

Finalizado el plazo de subsanación concedido, y una vez examinadas las solicitudes de subsanación presentadas, se estiman las incluidas en el anexo I, unas al haber subsanado el motivo por el que fueron excluidos/as y otra que, no figurando inicialmente en la lista provisional aprobada, ha podido constatarse su efectiva presentación en tiempo y forma.

 

Además, se estima una solicitud de cambio del turno general ordinario al cupo de discapacidad por un aspirante al cumplir los requisitos contemplados en las bases del proceso selectivo.

 

Finalmente se incluyen en el anexo II las desestimaciones de unas solicitudes presentadas para subsanar una instancia de participación en el proceso selectivo al no subsanar el motivo por el que fueron excluidos/as y otras cuya presentación no consta en este servicio y los/as interesados/as no acreditan su efectiva presentación al proceso selectivo de conformidad con regulado en las bases de la convocatoria.

 

Además, se desestima una solicitud de cambio del turno general ordinario al cupo de discapacidad por un aspirante al no cumplir los requisitos contemplados en las bases del proceso selectivo.

 

El punto 6.4 de las Bases Generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Resolución de 9 de julio de 2020 (BOAM núm. 8.683, de 14 de julio de 2020), establece que, finalizado el plazo de subsanación de defectos de las solicitudes, se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid una resolución declarando aprobada la relación definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as.

 

Corresponde al titular de la Dirección General de Planificación de Recursos Humanos la competencia para convocar, aprobar las bases y resolver las convocatorias de selección de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 11º.1.2.b) del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal, modificado por Acuerdo de 30 de enero de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (BOAM núm. 8.573, de 3 de febrero de 2020).

 

Por todo cuanto antecede, vengo en aprobar la siguiente

 

RESOLUCIÓN

 

PRIMERO.- Aprobar la relación definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as a las pruebas selectivas convocadas para proveer 112 plazas de la categoría de Diplomado/a Trabajos Sociales del Ayuntamiento de Madrid.

 

SEGUNDO.- Disponer la publicación por el órgano competente de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

TERCERO.- Disponer la publicación por el órgano competente de esta resolución en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es), conteniendo la relación definitiva completa de aspirantes admitidos/as y excluidos/as.

 

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse los recursos que se indican a continuación.

 

I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

 

II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123, apartado 2.º, y 124 LPAC y 46 LJCA).

 

III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).

 

IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).

 

Madrid, a 7 de julio de 2021.- El Director General de Planificación de Recursos Humanos, Antonio Sánchez Díaz.

Subir Bajar