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BOAM nº 8241 (20/09/2018)
Gerencia de la Ciudad

1920

Resolución de 13 de septiembre de 2018 de la Directora General de Planificación y Gestión de Personal por la que se convocan plazas para el acceso a la categoría de Técnico/a Auxiliar Bibliotecas del Ayuntamiento de Madrid.

Por la Subdirección General de Selección se ha formulado propuesta de resolución para la convocatoria de plazas para el acceso a la categoría de Técnico/a Auxiliar Bibliotecas del Ayuntamiento de Madrid de fecha 13 de septiembre de 2018.

 

Por Acuerdo de 17 de marzo de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, se aprueba la Oferta de Empleo Público del año 2016 (BOAM núm. 7.623, de 21 de marzo de 2016) que incluye 3 plazas de la categoría de Técnico/a Auxiliar Bibliotecas y por Acuerdo de 20 de diciembre de 2017 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, se aprueba la Oferta de Empleo Público del año 2017 (BOAM núm. 8.057, de 22 de diciembre de 2017) que incluye 21 plazas de la misma categoría.

 

Por otro lado y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y en el I Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, aprobado por Acuerdo de 15 de diciembre de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (BOAM núm. 7.806, de 19 de diciembre de 2016) consta en el presente expediente de convocatoria informe de impacto de género en aplicación del principio de igualdad de mujeres y hombres.

 

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 8º.1.3.c) del Acuerdo de 14 de marzo de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (BOCM núm. 79, de 3 de abril de 2018), por el que se modifica, en cuanto a las competencias de esta Dirección General se refiere, el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias de la Gerencia de la Ciudad (BOCM núm. 267, de 10 de noviembre de 2015), corresponde a la Directora General de Planificación y Gestión de Personal la competencia para convocar, aprobar las bases y resolver las convocatorias de selección de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias.

 

En consecuencia, en uso de las competencias delegadas,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Convocar pruebas selectivas para proveer 24 plazas (3 correspondientes a la ejecución de la Oferta de Empleo Público del año 2016 y 21 correspondientes a la ejecución de la Oferta de Empleo Público del año 2017) de la categoría de Técnico/a Auxiliar Bibliotecas del Ayuntamiento de Madrid. Dichas plazas están encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Grupo C, Subgrupo C1, de los establecidos en el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en relación con su disposición transitoria tercera.

 

De las 24 plazas convocadas, 19 plazas se reservan al turno de acceso libre y 5 plazas se reservan para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad, con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento.

 

SEGUNDO.- El proceso selectivo para el acceso a esta categoría se regirá por las bases específicas contenidas en la Resolución de la Directora General de Planificación y Gestión de Personal de fecha 23 de abril de 2018 (BOAM núm. 8.142, de 26 de abril de 2018) rectificadas por Resolución de la Directora General de Planificación y Gestión de Personal de fecha 11 de junio de 2018 (BOAM 8.186, de 2 de julio de 2018).

 

TERCERO.- El importe de la tasa por derechos de examen es de 13,85 euros, según lo previsto en el apartado 5.2 de las bases generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la selección de personal funcionario, aprobadas por resolución del Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales de 14 de marzo de 2016, modificadas por resolución del Director General de Recursos Humanos de fecha 8 de abril de 2016 (BOAM núm. 7.639, de 14 de abril de 2016).

 

CUARTO.- El orden en que habrán de actuar los/las aspirantes en los ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente, se iniciará alfabéticamente dando comienzo el opositor/a cuyo primer apellido comience con la letra Ñ, de conformidad con el sorteo realizado por la Secretaría de Estado para la Función Pública el día 11 de abril de 2018 (BOE núm. 91, de 14 de abril de 2018).

 

QUINTO.- El plazo de admisión de instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

 

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de notificación o publicación de la presente resolución, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la notificación o publicación de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

 

II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123 apartado 2º y 124 LPAC y 46 LJCA).

 

III. Si en el plazo de un mes de la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).

 

IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).

 

Madrid, a 13 de septiembre 2018.- La Directora General de Planificación y Gestión de Personal, Almudena Álvarez García.

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