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BOAM nº 8026 (06/11/2017)
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

2383

Decreto de 2 de noviembre de 2017, de la Delegada del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por el que se establecen los servicios mínimos para la huelga del servicio público de contenerización, recogida y transporte de residuos en la ciudad de Madrid.

DISPONGO:

 

PRIMERO.- SERVICIOS MÍNIMOS.

 

Fijar los servicios mínimos que regirán durante la huelga indefinida convocada por los representantes de la Federación de Empleados de los Servicios Públicos de la Fe SP-UGT de Madrid; de la Federación de Construcción y Servicios Privados de CCOO y de RSU de Limpieza, Mantenimiento Urbano y Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid de la CGT, a partir de las 7:00 horas del próximo día 6 de noviembre de 2017, de los trabajadores y trabajadoras de la Recogida de Basuras de Madrid Capital, pertenecientes a las empresas FOMENTO DE CONSTRUCIONES Y CONTRATAS, S.A.; UTE "RM 2", integrada por VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES, S.A., ACCIONA SERVICIOS URBANOS, S.R.L, OHL SERVICIOS-INGESAN, S.A., Y ASCAN, EMPRESA CONSTRUCTORA Y DE GESTIÓN, S.A., y en la UTE "RECOGIDA SUR MADRID", integrada por URBASER, S.A., y COMPAÑIA ESPAÑOLA DE SERVICIOS PÚBLICOS AUXILIARES, S.A. (CESPA), en los siguientes términos:

 

1.- SERVICIO DE RECOGIDA DOMICILIARIA (FRACCIONES ENVASES Y RESTO).

 

- Fracción resto y fracción orgánica.

Se organizarán los servicios de forma que, en ningún caso, los residuos de la fracción resto y orgánica, o biorresiduo (previsiblemente con alto porcentaje de materia orgánica en su composición en los dos casos) estén en la vía pública más de 48 horas, estableciéndose una frecuencia de recogida de con esa frecuencia.

El carácter indefinido de la huelga hace que no se puedan disminuir los servicios mencionados sin comprometer la salubridad de los ciudadanos.

 

No obstante, dado que la fecha de inicio de la huelga no se corresponde con época de temperaturas ambientales elevadas, el Ayuntamiento de Madrid solicitará a los ciudadanos que los residuos no se saquen a la vía pública en los días que no se efectúe la recogida de los mismos.

 

Con el fin de respetar al máximo la propuesta del Comité de Huelga, y por otro lado garantizar la salubridad de la ciudad y sus habitantes, se fijan servicios mínimos distribuidos por distritos completos, de tal forma que la permanencia máxima en la vía pública de los residuos de las fracciones resto y orgánica (en este caso en los ámbitos piloto y grandes generadores) sea de cuarenta y ocho horas como máximo.

 

En concreto, y teniendo en cuenta los 21 distritos del municipio, se efectuará la recogida de residuos domiciliarios (fracciones resto y orgánica) de acuerdo al siguiente calendario en la primera semana de huelga, a partir del lunes 6 de noviembre de 2017:

 

- Distritos Centro, Arganzuela, Salamanca, Chamartín, Fuencarral-El Pardo, Chamberí, Moncloa-Aravaca, Carabanchel, Usera, Ciudad Lineal, Vicálvaro y San Blas-Canillejas: lunes 6, miércoles 8, viernes 10 y domingo 12

- Distritos Retiro, Tetuán, Latina, Puente de Vallecas, Moratalaz, Hortaleza, Villaverde, Villa de Vallecas y Barajas: martes 7, jueves 9 y sábado 11.

 

Entendiendo como tales las mañanas y tardes de los mencionados días, y las noches de los mismos y sus posteriores.

 

Para ello es necesario disponer de aproximadamente un 50% de servicios sobre los ordinarios.

 

- Fracción de envases.

 

La fracción envases se recoge actualmente con una frecuencia de cuatro días en semana en toda la ciudad. Se estima que para esta fracción, la recogida ha de efectuarse al 50% de lo establecido, efectuándose dos recogidas semanales. Dicha fracción suele contener porcentajes de materia orgánica, que impregna los envases, generalmente los que han contenido productos alimenticios.

 

La fracción envases se recogerá, a partir del lunes 6 de noviembre, y para la primera semana de huelga, los siguientes días:

 

- Distritos Arganzuela, Chamartín, Chamberí, Fuencarral-El Pardo, Moncloa-Aravaca, Carabanchel, Usera, Moratalaz, Ciudad Lineal y San Blas-Canillejas: lunes 6 y viernes 10.

- Distritos Retiro, Salamanca, Tetuán, Latina, Puente de Vallecas, Hortaleza, Villaverde, Villa de Vallecas, Vicálvaro y Barajas: martes 7 y sábado 11.

 

Para ello es necesario disponer de aproximadamente un 50 % de servicios sobre los ordinarios.

 

Entendiendo como tales las mañanas y tardes de los mencionados días, y las noches de los mismos y sus posteriores.

 

En el caso de que la huelga se prolongase más allá de los días señalados en el presente informe, se aplicaría el mismo criterio que para los primeros siete días de huelga.

 

- Reglas comunes a los servicios mínimos de recogida de las fracciones resto y orgánica y envases:

 

Para garantizar la recogida en los términos indicados para ambas fracciones de residuos se deberá disponer de los medios necesarios para la total evacuación de los residuos en cada una de los días establecidos de recogida, y para cada una de las zonas señaladas, independientemente de la estimación de medios mínimos señalada anteriormente.

 

Se contará además con la presencia del personal y equipos de reserva y ayuda necesarios en cada parque y turno para atender eventualidades (refuerzos, averías, accidentes, incidencias, etc.).

 

2.- RECOGIDA DE RESIDUOS CLÍNICOS Y HOSPITALARIOS.

 

Para garantizar la salud pública del estrato de población especialmente vulnerable, por razón de enfermedad, al que se dirige la actividad de estos centros, cuyo funcionamiento debe garantizarse conforme a las previsiones constitucionales, y respetando mal máximo posible la propuesta del Comité de Huelga así como compatibilizarlo con los condicionantes que afectan a la salud pública, se organizarán servicios de forma que, se preste servicio de recogida con las frecuencias ordinarias.

 

Por ello, el servicio de recogida de residuos que se presta en centros sanitarios debe permanecer al 100 % de su prestación ordinaria, en las fracciones resto y orgánica (si fuera el caso), así como para la clase II (residuos biosanitarios asimilables a urbanos).

 

3.- RECOGIDA EN COLEGIOS, CENTROS DE ENSEÑANZA Y RESIDENCIAS ESPECIALES.

 

En lo que se refiere a colegios e institutos, guarderías infantiles, residencias de ancianos, geriátricos y centros de atención a personas discapacitadas, deberá prestarse servicio de recogida de residuos en las mismas condiciones en que se vienen prestando en la actualidad, dadas las especiales características de los centros señalados y la vulnerabilidad de la población afectada.

 

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