BOAM nº 8670 (26/06/2020)
Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social
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Decreto de 24 de abril de 2020 del Delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar social por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Familias, Infancia, Educación y Juventud.PREÁMBULO
En el marco delimitado por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 278, de 22 de noviembre de 2013 (en adelante OBRS), la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante RGS), y, en virtud de lo establecido en Acuerdos de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 4 de julio de 2019, por el que se establece la organización y competencias del Área de Familias, Igualdad y Bienestar Social, se aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones de la Dirección General de Familias, Infancia, Educación y Juventud a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de familia e infancia en el municipio de Madrid.
ARTÍCULO 1. Objeto y ámbito de la convocatoria.
1. El Delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social a través de la Dirección General de Familias, Infancia, Educación y Juventud, dentro de los créditos consignados en el Presupuesto vigente, convoca la concesión de subvenciones a favor de entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Familias, Infancia, Educación y Juventud.
La finalidad de estas subvenciones es fomentar y promover el desarrollo de proyectos que coadyuven o complementen las competencias y actividades municipales según las prioridades incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo 2019-2021, aprobado por el Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo de fecha 20 de diciembre de 2018.
2. Cada entidad solicitante podrá únicamente presentar un proyecto a la presente convocatoria. En el caso de presentar más de uno, se entenderá que la entidad opta por mantener el último de los presentados que haya tenido entrada en el Registro y que renuncia al resto.
3. En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar las entidades subvencionadas o sean necesarias para la ejecución del proyecto subvencionado, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad.
ARTÍCULO 2. Líneas de actuación de los proyectos subvencionables
1. A los efectos previstos en esta convocatoria, sólo se valorarán aquellos proyectos que se encuadren en la línea de Subvención 5 de Familia e Infancia del Plan Estratégico de Subvenciones 2019-2021 cuyo objetivo estratégico es el de "Promover el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes y asegurar su protección, apoyando a las familias en la crianza y educación de sus hijos y actuando preventivamente para reducir el riesgo de exclusión social"
2. Quedan excluidos de la presente convocatoria los proyectos que promuevan campañas publicitarias, documentales, publicaciones, guías, jornadas, congresos y los que tengan por objeto la realización de obras para el desarrollo de las actividades previstas en el apartado 1 del presente artículo.
ARTÍCULO 3. Objetivos, efectos que se pretenden conseguir e indicadores de evaluación.
Los objetivos y efectos que se pretenden alcanzar con esta convocatoria, así como sus respectivos indicadores, son los siguientes:
Objetivo n.º1. Promover acciones que faciliten y favorezcan la convivencia familiar, la asunción de funciones parentales positivas y el adecuado desarrollo de los menores.
Indicadores de actividad:
1.1. Número de familias atendidas.
1.2. Número de horas de actividades individuales.
1.3. Número de horas de actividades grupales.
Indicadores de resultado:
1.4. Porcentaje de familias que cumplen totalmente los objetivos operativos.
1.5. Porcentaje de familias que cumplen parcialmente los objetivos operativos.
1.6. Puntuación media de satisfacción de las familias con las actividades realizadas (Escala 0 a 10 puntos).
Objetivo n.º 2. Prevenir la exclusión social de niñas y niños a través de servicios y actividades socioeducativas y psicoterapéuticas.
Indicadores de actividad:
2.1. Número de niños y niñas atendidos y atendidas.
2.2. Número de horas de apoyo socioeducativo.
2.3. Número de horas de actividad de ocio y tiempo libre.
2.4. Número de horas de intervención psicoterapéutica individual.
2.5. Número de horas de intervención psicoterapéutica grupal.
Indicadores de resultado:
2.6. Porcentaje de niños y niñas que cumplen totalmente los objetivos operativos.
2.7. Porcentaje de niños y niñas que cumplen parcialmente los objetivos operativos.
2.8. Puntuación media de satisfacción de los niños y niñas con las actividades realizadas. (Escala 0 a 10 puntos).
Objetivo n.º 3. Prevenir la exclusión social de los adolescentes y las adolescentes mediante acciones psicoeducativas y pre laborales que contribuyan a su desarrollo integral.
Indicadores de actividad:
3.1. Número de adolescentes atendidos y atendidas.
3.2. Número de horas de actividades psicoeducativas individuales.
3.3. Número de horas de actividades psicoeducativas grupales.
3.4. Número de horas de actividades pre laborales individuales.
3.5. Número de horas de actividades pre laborales grupales.
Indicadores de resultado:
3.6. Porcentaje de adolescentes (mujeres y hombres) que cumplen totalmente los objetivos operativos.
3.7. Porcentaje de adolescentes (mujeres y hombres) que cumplen parcialmente los objetivos operativos.
3.8. Puntuación media de satisfacción de los y las adolescentes (mujeres y hombres) con las actividades realizadas. (Escala 0 a 10 puntos).