BOAM nº 9150 (02/06/2022)
Agencia para el Empleo
1661
Resolución de 27 de mayo de 2022 del Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de la contratación de personas desempleadas o demandantes de empleo en la ciudad de Madrid dirigidas a autónomos y empresas de menos de 250 trabajadores para el año 2022.La Agencia para el Empleo de Madrid es un organismo autónomo local adscrito al Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo del Ayuntamiento de Madrid que tiene como finalidad, conforme establece el artículo 2 de sus Estatutos, la gestión de las políticas municipales de empleo, mediante la intermediación laboral, la orientación y formación de las personas desempleadas y trabajadoras, tanto por cuenta ajena o propia y el fomento del empleo estable y de calidad.
La presente convocatoria se enmarca en la actividad de la Agencia para el Empleo que tiene como objetivo facilitar la incorporación al mercado de trabajo de personas desempleadas o demandantes de empleo, mediante el establecimiento de incentivos a la contratación por cuenta ajena. Las actuaciones de fomento del empleo se realizarán en toda la ciudad de Madrid.
De acuerdo con lo expuesto, en virtud de lo establecido en los artículos 15.1 b) y n) de los Estatutos de la Agencia para el Empleo de Madrid (BOCM núm. 154/2004, de 30 de junio) y a la vista del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 26 de mayo de 2022, por el que se autoriza el gasto de dos millones setecientos sesenta mil euros (2.760.000 €) destinados a esta convocatoria,
RESUELVO
PRIMERO.- Aprobar la convocatoria pública de subvenciones de la Agencia para el Empleo de Madrid para el fomento de la contratación de personas desempleadas o demandantes de empleo en la Ciudad de Madrid para el año 2022.
SEGUNDO.- Publicar la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid y el extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
CONVOCATORIA
La Agencia para el Empleo de Madrid tiene como finalidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de sus Estatutos (BOCM, núm. 154/2004, de 30 de junio), la gestión de las políticas municipales de empleo, mediante la intermediación laboral, la orientación y formación de las personas desempleadas, y el fomento del empleo estable y de calidad.
La presente convocatoria se enmarca en las acciones de la Agencia para el Empleo para facilitar la incorporación al mercado de trabajo de personas desempleadas o en demanda de empleo, mediante el establecimiento de incentivos a la contratación por cuenta ajena. Las actuaciones de fomento del empleo se realizarán en toda la ciudad de Madrid.
Para el desarrollo de este proyecto se tramita una convocatoria ordinaria para el año 2022 con presupuesto de la Agencia para el Empleo que incluye créditos por importe de 2.760.000 € (dos millones setecientos sesenta mil euros) como órgano gestor responsable de su ejecución. De ellos, setecientos sesenta mil euros (760.000 €), serán financiados a través del Plan Estratégico de Reequilibrio Territorial (PERT) previa incorporación de remanentes de crédito del ejercicio 2021, dirigido a empresas y trabajadores de alguno de los siguientes distritos: Carabanchel, Latina, Moratalaz, Puente de Vallecas, San Blas-Canillejas, Usera, Vicálvaro, Villa de Vallecas y Villaverde.
Dichos créditos podrán incrementarse, en caso de producirse incorporación de remanentes de crédito procedentes del ejercicio anterior, sin que ello requiera de una nueva convocatoria.
Para el cumplimiento de los fines propuestos se impulsa la presente convocatoria de subvenciones que se configura como un instrumento idóneo en la aplicación de las políticas activas de empleo dirigidas a mejorar la empleabilidad de colectivos con especiales dificultades de acceso al mercado laboral y que son los colectivos de actuación preferente de la Agencia para el Empleo de Madrid.
Asimismo, tiene por objeto apoyar la recuperación del empleo y el desarrollo socioeconómico de la ciudad, apoyando la contratación de estas personas y fomentando el empleo, mediante la articulación de un programa especial de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, de apoyo a la creación de empleo en la ciudad de Madrid.
En el marco delimitado por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 278, de 22 de noviembre de 2013 modificada por el Acuerdo del Pleno de 31 de mayo de 2017 (en adelante, OBRS), la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante, RGS), y, en virtud de lo establecido en el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 27 de junio de 2019 (modificado por acuerdo del mismo órgano de 29 de julio de 2020), por el que se establece la organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, se aprueba la presente convocatoria pública para la concesión de subvenciones de la Agencia para el Empleo de Madrid a autónomos, y empresas de menos de 250 trabajadores que contraten a personas desempleadas o demandantes de empleo empadronadas en la ciudad de Madrid, preferentemente colectivos desfavorecidos o con especiales dificultades de inserción laboral.
Artículo 1.- Objeto, ámbito de la convocatoria.
1. La presente convocatoria tiene por objeto fomentar el empleo, mediante la articulación de un programa especial de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, de apoyo a la creación de empleo en la ciudad de Madrid, facilitando la incorporación al mercado ordinario de trabajo de personas desempleadas o demandantes de empleo, mediante el establecimiento de incentivos a la contratación por cuenta ajena en el ámbito de la ciudad de Madrid. Para propiciar dicho objetivo, se concederán ayudas a la contratación consistentes en una cantidad económica por cada contratación a jornada completa o parcial, modificación contractual con incremento de jornada laboral o renovación de contrato laboral, incluido el mantenimiento del empleo de las personas afectadas por un ERTE realizada con una duración mínima de 6 meses.
2. Podrán concurrir a la convocatoria autónomos y empresas de menos de 250 trabajadores cualquiera que sea su forma jurídica y cuyo domicilio social o centro de trabajo esté ubicado en la ciudad de Madrid, que reúnan los requisitos que se determinan en la convocatoria y que contraten a personas desempleadas o demandantes de empleo empadronadas en dicha ciudad.