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BOAM nº 9130 (04/05/2022)
Distrito de Salamanca

1323

Decreto de 28 de abril de 2022 del Concejal Presidente del Distrito de Salamanca por el que se aprueba la convocatoria del procedimiento y las bases que han de regir el otorgamiento, mediante concurrencia competitiva, de la autorización demanial de uso de la instalación deportiva básica “Parque de Breogán” y de la instalación deportiva básica “Boston”.

Junto con la solicitud de participación en la convocatoria, la entidad o colectivo deberá presentar la siguiente documentación, pudiendo presentar cualquier otra documentación que se estime procedente para la valoración de la solicitud:

a) Identificación de la entidad que promueve el proyecto. Además, se deberá acreditar documentalmente la existencia de un acuerdo de la entidad que exprese su voluntad de participar en la convocatoria.

b) El proyecto podrá ser presentado conjuntamente por más de una entidad, en cuyo caso deberá adjuntarse la relación de estas entidades que forman el colectivo, señalando inequívocamente entre ellas a la entidad que presenta el proyecto y asumirá la titularidad de la autorización. Se acreditará documentalmente la conformidad de los órganos o miembros de cada entidad o colectivo con este extremo.

Cuando se presente un proyecto conjunto por varias entidades se deberán aportar las correspondientes certificaciones de los acuerdos de adhesión expedidas por el secretario de cada una de las entidades que acrediten la conformidad con la solicitud, con la propuesta de programa de actividades, así como la asunción del régimen de responsabilidad solidarias y del modelo de gobernanza participativo y democrático adoptado.

c) Ostentará la representación del proyecto y de la titularidad de la autorización la persona que lo sea legalmente de la entidad individual o de la entidad que tenga la conformidad del colectivo de entidades en relación con estos extremos en el supuesto de presentar un proyecto conjunto. En este sentido, la condición del representante se acreditará documentalmente mediante certificación expedida por el secretario de la entidad referida.

d) Estatutos de la entidad o entidades donde se exprese su denominación, ámbito territorial de actuación, domicilio social, sus fines y actividades.

e) Declaración responsable firmada por la persona representante de la entidad o colectivo en la que conste:

- No hallarse incurso en prohibiciones o incompatibilidades para contratar con la Administración.

- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de que no existen deudas de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo con el Ayuntamiento de Madrid.

- Haber justificado todas las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid y demás entidades dependientes del Ayuntamiento.

f) Declaración de interés público y/o declaración de utilidad pública. Certificado de identidad deportiva del Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.

g) Copia de la Tarjeta de Identificación Fiscal.

h) Declaración responsable del presidente de la entidad de que todo el personal técnico cuya actividad implique contacto habitual con menores está en posesión de "certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales" (Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia (BOE n.º 180, de fecha 29 de julio de 2015).

i) Designación de la persona responsable de la instalación que, entre otros asuntos, realizará las funciones de interlocución con el distrito.

j) Información básica de carácter económico del proyecto a desarrollar, consistente en una memoria económica para todas las anualidades del proyecto que contemple los gastos y, en su caso, de los ingresos previstos derivados del uso de las instalaciones y de la organización y desarrollo de las actividades. En cualquier caso, deberá quedar garantizada la ausencia de utilidad económica. Adicionalmente, la ausencia de utilidad económica por destinar los ingresos obtenidos para la autofinanciación del proyecto deberá de hacerse constar mediante una Declaración Responsable.

k) Plan de mantenimiento y conservación de las áreas deportivas y, en su caso, de las edificaciones, maquinaria y elementos vegetales de la instalación deportiva.

l) La entidad autorizada deberá, siguiendo el Acuerdo del Pleno, de 26 de septiembre de 2012, por el que se aprueba el Reglamento sobre la Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales, presentar un plan de uso de la instalación que incluya las siguientes especificaciones: objeto, ámbito de aplicación, acceso, uso de las instalaciones deportivas municipales, horario de uso, derechos de los usuarios, deberes de los usuarios, prácticas prohibidas para los usuarios, pérdida de la condición de usuario, medidas para restablecer el orden y funcionamiento del servicio, reclamaciones y sugerencias, calendario y horarios de servicio, vestuarios, uso de los vestuarios, guardarropa, taquillas y jaulas, objetos perdidos, procedimiento para la reservas de unidades deportivas.

h) Proyecto deportivo y/o propuesta de gestión. El proyecto deportivo a presentar deberá describir de forma detallada todos los aspectos conforme a los criterios que se presentan a continuación. En el proyecto se incluirá el cuadrante de distribución y asignación del uso de las unidades deportivas, donde se detalle el horario y el tipo de uso que se asignará a cada unidad deportiva. Una vez otorgada la autorización, la entidad o colectivo al que se le otorgue la autorización deberá cumplir todo lo que figure en el proyecto deportivo, cuestión que será objeto de seguimiento por parte del distrito.

m) Documento de compromiso de suscripción, en caso de resultar la entidad seleccionada, de la correspondiente póliza de seguro en la cuantía determinada a continuación, necesaria para cubrir todos los riesgos derivados de la ocupación, así como los derivados de la responsabilidad civil en que pudiera incurrir la entidad o colectivo ciudadano autorizado, como consecuencia del desarrollo de la actividad en el espacio público deportivo de proximidad.

La suscripción de la póliza se justificará al Distrito de Salamanca mediante entrega de una copia y de la acreditación del pago de la prima correspondiente (obligación esencial).

La póliza de seguros sin franquicia alguna incluirá como mínimo las siguientes coberturas:

· Póliza de seguros de responsabilidad civil, por un importe mínimo de 300.000 euros que cubra los daños y perjuicios que se puedan ocasionar a terceros como consecuencia de la prestación del servicio. El Ayuntamiento de Madrid deberá constar como asegurado adicional en la póliza, sin perder su condición de tercero.

· Póliza de seguros que cubra los daños que pueda sufrir el inmueble, por cualquier riesgo, incluido el incendio, con una suma asegurada de 600.000 euros. El Ayuntamiento de Madrid deberá aparecer como beneficiario de esta póliza, indicando que es el propietario del inmueble.

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