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BOAM nº 8499 (09/10/2019)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

1915

Resolución de 27 de septiembre de 2019 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes por la que se ordena la publicación oficial del Decreto de la Titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, de fecha 20 de septiembre de 2019, de la concesión de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de actividades deportivas y de competición en el municipio de Madrid durante la temporada 2017-2018.

 

SEGUNDO.- Declarar desestimadas y desistidas, respectivamente, en la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de actividades deportivas y de competición durante la temporada deportiva 2017-2018, a las siguientes entidades:

 

Desestimadas:

ENTIDAD

NIF

MOTIVO

CLUB IRLANDESAS

G79195244

No cumple requisitos

A.D. CIUDAD DE LOS POETAS

G79666749

Presentación fuera de plazo

C.D.E. SANFER

G86306123

Presentación sin registro

C.D.E. PATINAJE LÍNEA MADRID

G85656429

Presentación sin registro

 

Desistidas:

ENTIDAD

NIF

MOTIVO

CLUB NATACIÓN VALLE DEL KAS

G79273587

No subsanación

A.D. MARATHON

G78026150

Subsanación fuera de plazo.

A.D.C. MALASAÑA

G86709771

No subsanación

C.D. ESCUELA DEPORTIVA MORATALAZ

G80665185

No subsanación

 

Contra el presente decreto, se pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

1.- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

2.- Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, siendo el plazo para su interposición el de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 del precitado texto legal.

 

3.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)".

 

  Madrid, a 27 de septiembre de 2019.- La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, María del Carmen González Fernández.

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