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BOAM nº 8128 (06/04/2018)
Área de Gobierno de Cultura y Deportes

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Resolución de 3 de abril de 2018 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes por la que se ordena la publicación oficial del Decreto de la titular del Área, de fecha 22 de marzo de 2018, por el que se aprueba la última concesión parcial de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a salas de música en vivo 2017, se desestiman alegaciones y el resto de solicitudes no concedidas en el presente decreto o en el decreto de concesión parcial de fecha 21 de diciembre de 2017.

En virtud de las competencias que me han sido delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 10 de noviembre de 2015, y de conformidad con el artículo diecisiete de la correspondiente convocatoria, y el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, resuelvo:

  

Ordenar la publicación oficial del Decreto de la titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, de fecha 22 de marzo de 2018, por el que se aprueba la última concesión parcial de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a salas de música en vivo 2017, se desestiman las alegaciones presentadas por Evento Danser, S.L., y el resto de solicitudes no concedidas en el presente decreto o en el decreto de aprobación de concesión parcial de fecha 21 de diciembre de 2017:

  

"A la vista de las actuaciones del expediente de referencia, de conformidad con el artículo 28 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos y en virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 10 de noviembre de 2015, en el ejercicio de las competencias correspondientes al titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes,

  

DISPONGO

  

PRIMERO.- Aprobar la concesión de subvenciones, a la vista del informe emitido por la Comisión de Valoración para la evaluación de la convocatoria de subvenciones destinadas a salas de música en vivo 2017, a la siguiente entidad por el importe que se indica:  

SUBVENCIONES SALAS DE MÚSICA EN VIVO 2017

BENEFICIARIO

Total puntos

Importe en € concedido 2017

PRODUCCIONES DOBLECERO, S.L./ FUN HOUSE

61

13.390,00

  

SEGUNDO.- Desestimar las alegaciones presentadas por Evento Danser, S.L., a la propuesta de resolución provisional de la Secretaria General Técnica de 10 de noviembre de 2017 (BOAM de 13 de noviembre de 2017).

  

TERCERO.- Desestimar el resto de las solicitudes no concedidas en el presente decreto o en el decreto de aprobación de concesión parcial de fecha 21 de diciembre de 2017.

  

CUARTO.- El presente decreto deberá ser publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid así como en la Sede Electrónica (https://sede.madrid.es) del Ayuntamiento de Madrid, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 19 de las bases de la convocatoria en relación con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas".

  

De conformidad con el artículo 23 de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a espacios independientes de creación contemporánea 2017, el plazo de la justificación será de tres meses a contar desde la finalización del plazo para la realización del proyecto subvencionado y se realizará mediante cuenta justificativa simplificada. La presente publicación sustituirá a la notificación surtiendo sus mismos efectos.

  

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

  

1. Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

  

2. Recurso contencioso-Administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, siendo el plazo para su interposición el de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 del precitado texto legal.

  

3. Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

  

Madrid, a 3 de abril de 2018.- La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, María Teresa Jiménez Ortiz.

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