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BOAM nº 8377 (11/04/2019)
Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social

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Decreto de 10 de abril de 2019 del Delegado del Área de Gobierno Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social por el que se aprueban las instrucciones relativas al proceso electoral para la designación de representantes de las entidades y colectivos ciudadanos en la comisión permanente del Consejo Sectorial de Asociaciones y otras Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y se convocan las correspondientes elecciones.

Por Acuerdo de 24 de abril de 2018 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid se ha aprobado el Reglamento del Consejo Sectorial de Asociaciones y otras Entidades Ciudadanas, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 114, de 14 de mayo de 2018.

 

El Consejo Sectorial de Asociaciones y otras Entidades Ciudadanas se configura como un órgano de asesoramiento y consulta en materia de fomento del asociacionismo y según el artículo 4 del Reglamento, actuará en Pleno y en Comisión Permanente.

 

El artículo 8 del Reglamento regula la composición del Pleno, en el que, según el apartado 4.a) participarán representantes de las entidades y colectivos inscritos, respectivamente, en las secciones 1ª y 3ª del Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos, a cuyos efectos cada entidad o colectivo ha de comunicar el nombre de la persona designada para actuar como su representante.

 

Por su parte, el artículo 16, relativo a la Comisión Permanente, establece en su apartado 1.3 que, en representación de las entidades y colectivos señalados en el artículo 8.4.a), existirá una persona representante por cada una de las categorías del Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos que, según el Anexo del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid, son 23 categorías.

 

La designación de dichos representantes se realizará con arreglo a criterios de representatividad, mediante un proceso de elección directa, con voto ponderado sobre el conjunto de entidades y colectivos inscritos en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos, para lo cual es necesario dictar las instrucciones que regirán dicho proceso electoral.

 

En su virtud, de acuerdo con la disposición final primera del Reglamento del Consejo Sectorial de Asociaciones y otras Entidades Ciudadanas, en relación con el apartado 3º.2, puntos 11 y 12, del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social,

 

DISPONGO

 

Primero.- Aprobación de las instrucciones.

 

Aprobar las instrucciones, que figuran como Anexo I del presente Decreto, por las que se regirá el proceso electoral para la designación de representantes de las entidades y colectivos ciudadanos en la Comisión Permanente del Consejo Sectorial de Asociaciones y otras Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid.

 

Segundo.- Convocatoria de elecciones.

 

Convocar las elecciones para la designación de representantes de las entidades y colectivos ciudadanos en la Comisión Permanente del Consejo Sectorial de Asociaciones y otras Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid.

Las elecciones tendrán lugar el día 31 de mayo de 2019 en el lugar y horario que serán fijados con posterioridad durante el proceso electoral en la forma determinada en las instrucciones.

 

Tercero.- Listado provisional de entidades y colectivos ciudadanos elegibles.

 

1. Aprobar el listado provisional de entidades y colectivos ciudadanos que reúnen la condición para ser elegibles por constar inscritos en las secciones 1ª y 3ª del Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos a la fecha de la presente convocatoria de elecciones.

El mencionado listado, que se incorpora como Anexo II del presente Decreto, contiene la categoría en la que figuran inscritos así como el número de personas que integran las entidades y colectivos ciudadanos, ya sean socias de la entidad, miembros del colectivo o, en el caso de federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones de base, personas socias de las entidades que las integran que tengan sede o delegación en el municipio de Madrid.

2. Abrir un plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid" durante el cual las entidades y colectivos ciudadanos interesados podrán presentar reclamaciones al listado provisional aprobado en el apartado anterior.

En el mismo plazo, las entidades integradas en otra de ámbito superior podrán optar, en el modelo que se incluye como Anexo III, a participar en el proceso electoral representadas por la entidad de ámbito superior a la que pertenecen. De no ejercitar esta opción en el plazo indicado, se entenderá que las entidades concurren por sí mismas.

 

Cuarto.- Presentación de candidaturas.

 

Abrir un plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid" durante el cual las entidades y colectivos ciudadanos interesados podrán presentar su candidatura en el modelo que se incluye como Anexo IV.

Las entidades y colectivos ciudadanos que deseen presentar su candidatura únicamente podrán hacerlo en la categoría correspondiente del Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos en la que figuren inscritos como principal.

 

Quinto.- Disposiciones que quedan sin efecto.

 

Quedan sin efecto las Instrucciones relativas al procedimiento para la designación de miembros del Consejo Sectorial de Asociaciones del Ayuntamiento de Madrid, aprobadas por Decreto de 6 de noviembre de 2015 del Delegado del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Asociaciones.

 

Sexto.- Eficacia y publicación.

 

El presente Decreto surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid", debiendo publicarse igualmente a efectos informativos en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid. 

 

Madrid, a 10 de abril de 2019.- El Delegado del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social, Ignacio Murgui Parra.

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