Saltar navegación

BOAM nº 8675 (03/07/2020)
Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias

1065

Resolución de 1 de julio de 2020 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias por la que se convocan plazas para el acceso a la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid.

Por la Dirección General de la Policía Municipal se ha formulado propuesta de resolución para la convocatoria de 300 plazas para el acceso a la categoría de Policía del Cuerpo de la Policía Municipal de Madrid.

 

Dichas plazas corresponden, por un lado, a la Oferta de Empleo Público Extraordinaria para 2018, aprobada Acuerdo de 4 de abril de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (BOAM núm. 8.375, de 9 de abril de 2019), con un número definitivo de 565 plazas aprobadas para la categoría de Policía (turno libre) de las cuales, 113 corresponden a la reserva obligatoria del 20 por ciento por el sistema de movilidad, para el personal funcionario de otros Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid, recogida en el artículo 42 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, y 300 que se convocaron mediante Resolución de 23 de diciembre de 2019 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias (BOAM núm. 8.551, de 30 de diciembre). Por lo que ahora se propone convocar las 152 plazas restantes.

 

Y, por otro lado, a la Oferta de Empleo Público de 2019 en la que se aprobaron un total de 193 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, de las cuales 39 plazas corresponden a la reserva del 20 por ciento por el sistema de movilidad, para el personal funcionario de otros Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid, recogida en el artículo 42 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, proponiéndose convocar 148 plazas de las 154 restantes.

 

Consta en el presente expediente de convocatoria informe de impacto de género en aplicación del principio de igualdad de mujeres y hombres en aplicación de lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y en el I Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, aprobado por Acuerdo de 15 de diciembre de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (BOAM núm. 7.806, de 19 de diciembre de 2016).

 

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4º.2.1 del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (BOCM núm. 8.429, de 1 de julio de 2019), de organización y competencias del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias, corresponde al Coordinador General de Seguridad y Emergencias la competencia para convocar, gestionar y resolver las convocatorias de selección de personal del Cuerpo de la Policía Municipal.

 

En consecuencia, en uso de las competencias delegadas,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Convocar pruebas selectivas para proveer 300 plazas por el sistema de turno libre (correspondientes a la ejecución de la Oferta de Empleo Público Extraordinaria de 2018 y la Oferta de Empleo Público de 2019) de la categoría de Policía Municipal del Cuerpo de la Policía Municipal de Madrid. Dichas plazas están encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, grupo C, subgrupo C1 de los establecidos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en relación con su Disposición Transitoria Tercera.

 

De las 300 plazas convocadas, 60 plazas se reservan para el acceso libre de militares profesionales de tropa y marinería, de conformidad con lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid. Las 240 plazas restantes corresponden al turno de acceso libre.

 

SEGUNDO.- El proceso selectivo para el acceso a esta categoría se regirá por las bases específicas contenidas en el Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias de fecha 18 de diciembre de 2019 (BOAM núm. 8.548, de 23 de diciembre de 2019).

 

TERCERO.- El importe de la tasa por derechos de examen es de 13,85 euros, según lo previsto en el apartado 5.2 de las bases generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Resolución del Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales de 14 de marzo de 2016, modificadas por Resolución del Director General de Recursos Humanos de fecha 8 de abril de 2016 (BOAM núm. 7.639, de 14 de abril de 2016).

 

CUARTO.- El orden en que habrán de actuar los/las aspirantes en los ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente se iniciará alfabéticamente dando comienzo el opositor/a cuyo primer apellido comience con la letra "Q", y, en el supuesto de que no exista ningún/a aspirante cuyo primer apellido comience por la letra "Q", el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "R", y así sucesivamente. Todo ello de conformidad con el sorteo realizado por la Secretaría de Estado para la Función Pública el día 13 de marzo de 2019 y publicado en el BOE núm. 66, de 18 de marzo, mediante Resolución de 15 de marzo de 2019.

 

QUINTO.- El plazo de admisión de instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

 

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de notificación o publicación de la presente resolución, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la notificación o publicación de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

 

II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123, apartado 2.º, y 124 LPAC y 46 LJCA).

 

III. Si en el plazo de un mes de la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).

 

IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).

 

Madrid, a 1 de julio de 2020.- El Coordinador General de Seguridad y Emergencias, Francisco Javier Hernández Martínez.

Subir Bajar