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BOAM nº 8186 (02/07/2018)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

1518

Acuerdo de 28 de junio de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifica el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto.

El artículo 17.1 h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid asigna a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid la competencia general para establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno.

 

Mediante Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, se estableció la organización y competencias del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto.

 

Uno de los ejes estratégicos del Plan de Gobierno 2015-2019 es conseguir un gobierno transparente, democrático y eficaz, fijándose como objetivo estratégico el gestionar de forma racional, justa y transparente el Ayuntamiento de Madrid, para lograr así el acercamiento de la administración municipal a la ciudadanía, con proactividad y personalización de los servicios.

 

En cumplimiento de las actuaciones fijadas en el Plan de Gobierno 2015-2019, el modelo de atención a la ciudadanía del Ayuntamiento de Madrid, Línea Madrid, se configura como un servicio integrador de la atención presencial, telefónica y telemática que permite a la ciudadanía acercarse al Ayuntamiento, a través de cualquiera de los diferentes canales, en función de sus necesidades y disponibilidad.

 

Actualmente, conforme lo dispuesto en el citado acuerdo de la Junta de Gobierno, las competencias en materia de atención a la ciudadanía de Línea Madrid corresponden a la Dirección General de Transparencia y Atención a la Ciudadanía, que también ostenta las competencias en materia de transparencia, datos abiertos, administración electrónica, protección de datos, sugerencias y reclamaciones, y calidad y evaluación de los servicios.

 

El presente acuerdo tiene por objeto modificar aquel, en el sentido de crear una nueva Dirección General de Atención a la Ciudadanía que asuma las competencias en materia de atención a la ciudadanía de Línea Madrid, que hasta ahora correspondían a la Dirección General de Transparencia y Atención a la Ciudadanía, modificando la denominación de esta última, que pasa a ser la Dirección General de Transparencia, Administración Electrónica y Calidad. En la dirección general de nueva creación se integra la Subdirección General de Atención a la Ciudadanía, que antes dependía de la Dirección General de Transparencia y Atención a la Ciudadanía, y una subdirección general de nueva creación para desempeñar las funciones en relación al Portal Institucional del Ayuntamiento de Madrid, con la denominación de Subdirección General de Coordinación de Servicios y Portal Institucional.

 

Asimismo, por lo que se refiere a la Dirección General de Transparencia y Atención a la Ciudadanía, por una parte se precisan y reordenan sus competencias en materia de protección de datos, suprimiéndose otras, en cumplimento de lo previsto en el Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

 

Por otra parte, se le añaden nuevas competencias específicas en materia de administración electrónica y simplificación administrativa derivadas de la implantación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

 

En cuanto a la competencia de registro general, se adapta su denominación y la de las oficinas de registro a lo establecido en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Por último, se suprime la competencia de la Dirección General de Transparencia y Atención a la Ciudadanía relativa al sistema de gestión de contenidos de los portales y soportes creados por los servicios municipales para desarrollar otros contenidos, por considerar que se trata de una competencia más propia del titular del Área de Gobierno, al afectar al sistema de gestión de contenidos del Ayuntamiento de Madrid, por lo que se delegan en este último dos nuevas competencias específicas en esta materia.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1 h) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, a propuesta del titular del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto y, previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 28 de junio de 2018

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Modificar el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto, en los términos que a continuación se indican:

 

Uno.- En el índice, se modifica el apartado 7º y se añade un nuevo apartado 8º, que quedan redactados en los siguientes términos:

 

"7º.- Dirección General de Transparencia, Administración Electrónica y Calidad.

1. Competencias específicas.

 

8º.- Dirección General de Atención a la Ciudadanía.

1. Competencias específicas".

 

Dos.- El apartado 1º, relativo a la "Organización del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto", queda redactado en los siguientes términos:

"1. El Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto se organiza para el ejercicio de sus competencias en los siguientes órganos directivos y subdirecciones generales, así como en las demás unidades y puestos de trabajo que se determinen en la relación de puestos de trabajo:

 

1. Dirección General de Participación Ciudadana.

    1.1. Subdirección General de Participación Ciudadana y Voluntariado.

    1.2. Oficina de Innovación Social, con rango de Subdirección General.

 

2. Dirección General de Transparencia, Administración Electrónica y Calidad.

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