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BOAM nº 9583 (01/03/2024)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

663

Decreto de 27 de febrero de 2024 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias relativo a la quinta fase del proceso de designación de representantes de entidades y colectivos ciudadanos en la Comisión Permanente del Consejo Sectorial de Asociaciones y otras Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid.

Mediante Decreto de 30 de noviembre de 2023, de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 5 de diciembre de 2023, se aprueban las instrucciones relativas al proceso de designación de representantes de las entidades y colectivos ciudadanos en la Comisión Permanente del Consejo Sectorial de Asociaciones y otras Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y se convoca el correspondiente proceso (de aquí en adelante "decreto de instrucciones").

 

Según el punto 1 del decreto de instrucciones, el proceso de designación se desarrollará en cinco fases, correspondiendo a la última fase la publicación de decreto de proclamación de las entidades y colectivos designados como vocales de la Comisión Permanente del Consejo Sectorial de Asociaciones y otras Entidades Ciudadanas.

 

Con fecha 8 de febrero de 2024, se publicó en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, la Resolución de 5 de febrero de 2024 la Directora General de Participación Ciudadana, relativa a la cuarta fase del proceso de designación de representantes de las entidades y colectivos ciudadanos en la Comisión Permanente del Consejo Sectorial de Asociaciones y otras Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid.

 

La referida resolución, sobre el total escrutado, declaró nulos 7 votos de forma motivada, y aprobó el listado provisional de entidades y colectivos elegidos en cada categoría donde se presentaron candidaturas para la Comisión Permanente del Consejo Sectorial de Asociaciones y otras Entidades Ciudadanas, abriendo un plazo de cinco días hábiles para la presentación de alegaciones.

 

Habiendo finalizado el plazo de presentación de alegaciones sin que se haya recibido escrito de ninguna entidad, procede de conformidad con el punto 8 del decreto de instrucciones, continuar con la quinta fase del proceso de designación y, de conformidad con la propuesta efectuada por la Directora General de Participación Ciudadana, aprobar el listado definitivo de entidades y colectivos elegidos como representantes de la Comisión Permanente del Consejo Sectorial de Asociaciones y otras Entidades Ciudadanas.

 

En su virtud, de conformidad con la disposición final primera del Reglamento del Consejo Sectorial de Asociaciones y otras Entidades Ciudadanas de 24 de abril de 2018, en relación con las competencias que me otorga el apartado 3.º 2.14. b) del Acuerdo de 29 de junio de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias y el punto 8 del decreto de instrucciones, a propuesta de la Dirección General de Participación Ciudadana,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.Aprobación del listado definitivo de entidades y colectivos elegidos.

 

Aprobar el listado definitivo de entidades y colectivos elegidos como representantes en la Comisión Permanente del Consejo Sectorial de Asociaciones y otras Entidades Ciudadanas que se incluye como Anexo a este decreto.

 

SEGUNDO.- Eficacia.

 

El presente decreto surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, debiendo publicarse igualmente en la página web del Ayuntamiento de Madrid www.madrid.es.

 

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, según lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o, directamente, recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1 en relación con el artículo 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que mejor convenga a los derechos de los interesados.

 

Madrid, a 27 de febrero de 2024.- La Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, María Inmaculada Sanz Otero.

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