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BOAM nº 9199 (11/08/2022)
Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social

2405

Decreto de 4 de agosto de 2022 del Delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social por el que se consideran desistidos de su solicitud en la convocatoria pública de subvenciones 2022 a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de familia, infancia y apoyo a la discapacidad a la asociación Cadelpa y a la asociación El Despertar.

Por Decreto de 28 de marzo del Delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2022 a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos en materia de Familia, Infancia y Apoyo a la Discapacidad en el municipio de Madrid que complementen las actuaciones de la Dirección General de Familias, Infancia, Educación, publicándose con fecha 8 de abril de 2022, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, y en la página web del Ayuntamiento municipal y su sede electrónica, finalizando el plazo para presentar solicitudes el 26 de abril de 2022.

 

Debido a las incidencias que se produjeron para cumplimentar la solicitud y presentar la documentación a través de la sede electrónica, por decreto de 27 de mayo de 2022 se habilitó un nuevo plazo de cinco días hábiles para la presentación de solicitudes, publicándose el 8 de junio de 2022, finalizando el plazo el 15 de junio de 2022.

 

El artículo 7 de la convocatoria, indica que "si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, el órgano competente requerirá a la entidad solicitante para que subsane la falta o acompañe los documentos solicitados en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, con apercibimiento de que, si no lo hiciese, se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución, dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que será notificada a las entidades interesadas con carácter previo a la fase de instrucción, a través de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la sede electrónica del Ayuntamiento".

 

En virtud de las atribuciones delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 4 de julio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, a propuesta de la Directora General de Familias, Infancia, Educación y Juventud, de 22 de julio de 2022,

  

DISPONGO

 

PRIMERO.- Tener por desistidas de sus respectivas solicitudes a la asociación Cadelpa, NIF G86423357, Proyecto "Jocabed una madre para la crisis" y a la asociación El Despertar, NIF G80038672, Proyecto "Desarrollando Capacidades" en la convocatoria pública de subvenciones del año 2022 a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de Familia, Infancia y Apoyo a la Discapacidad, que complementen las actuaciones de la Dirección General de Familias, Infancia, Educación y Juventud, aprobada por Decreto del 28 de marzo de 2022 del Delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, al no haber presentado documentación ni haber atendido al requerimiento notificado en tiempo y forma, en el que se advertía que la falta de subsanación en el plazo indicado daría lugar al desistimiento de la solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.10 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013 y en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

SEGUNDO.- El presente decreto pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, o bien ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha indicada, todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común, y artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

 

Madrid, a 4 de agosto de 2022.- El Delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social (P.S., Decreto de 21 de julio de 2022 del Alcalde de Madrid), el Concejal Presidente de la Junta Municipal del Distrito de Vicálvaro, Martín Casariego Córdoba.

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