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BOAM nº 8305 (27/12/2018)
Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social

2636

Decreto de 21 de diciembre de 2018 del Delegado del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social por el que se aprueba la resolución de la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la promoción y desarrollo de los soportes de prensa escrita de ámbito distrital o inferior (medios hiperlocales) para el año 2018.

En virtud de las atribuciones que tengo conferidas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015, por el que se establece la organización y competencias del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social,

 

DISPONGO

 

"Primero.- Aprobar la concesión de subvenciones a las entidades y personas, por los importes que figuran en el Anexo I, en resolución de la convocatoria pública de subvenciones del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social, para el ejercicio 2018, aprobada por Decreto de 10 de agosto de 2018, con cargo a la aplicación 2018/001/037/922.08/479.99 del presupuesto municipal vigente.

 

Segundo.- Desestimar las solicitudes de subvenciones que figuran en el Anexo II, por las causas que se indican en el mismo.

 

Tercero.- Disponer la publicación de este decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es.

 

Cuarto.- Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, ante el Delegado del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con los artículos 30, 45, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas".

 

Madrid, a 21 de diciembre de 2018.- El Delegado del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social, Ignacio Murgui Parra.

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