BOAM nº 9862 (16/04/2025)
Distrito de Barajas
1588
Decreto de 11 de abril de 2025 del Concejal Presidente del Distrito de Barajas por el que se acuerda aprobar las bases de la convocatoria que rigen la autorización demanial de la zona B del recinto ferial de la calle Ayerbe con motivo de las fiestas patronales de Nuestra Señora de la Soledad 2025.- Toda la documentación relativa a cada uno de los distintos puestos, instalaciones y aparatos de feria cuyo montaje se ha propuesto.
La documentación para aportar será, para cada tipo de actividad o instalación, la que a continuación se señala:
A) Instalaciones y aparatos eléctricos:
Se aportará la documentación descrita en el apartado B.6 del Pliego de Condiciones Técnicas.
B) Instalación de estructuras temporales:
Se aportará la documentación descrita en el apartado B.7 del Pliego de Condiciones Técnicas.
C) Atracciones mecánicas y aparatos en movimiento:
Para el caso de instalaciones de aparatos con movimiento, tales como norias, caballitos, coches de choque, trenes, pulpo, cestas, ollas mecánicas, etc., y similares, deberá aportarse por cada uno de los aparatos feriales previstos, la documentación descrita en el apartado B-8 del Pliego de Condiciones Técnicas.
D) Atracciones no mecánicas:
Aquellas atracciones como juegos hinchables, camas elásticas y similares presentarán la documentación descrita en el apartado B.9 del Pliego de Condiciones Técnicas.
E) Puestos de venta y/o elaboración de comidas y/o bebidas u otros productos:
Se aportará para este tipo de situados, la documentación descrita en el apartado B.10 del Pliego de Condiciones Técnicas, además de las descritas en el apartado B.11 si disponen de instalaciones de gas butano o propano.
La efectividad de la autorización demanial concedida queda condicionada al cumplimiento de lo establecido en las presentes bases.
19. Derechos y obligaciones.
A.1.- Objeto y plazo.
La autorización demanial faculta al adjudicatario para gestionar la zona B del recinto ferial de la calle Ayerbe conforme a las condiciones técnicas, higiénico-sanitarias y de consumo, así como con arreglo al plano de situación y a las condiciones jurídicas y económicas que forman parte de las presentes bases.
La autorización lleva aparejada la instalación y montaje de todas las atracciones, los situados, puestos de venta de comida/bebida u otros productos y aparatos verbeneros que se hayan propuesto por el licitador en su oferta y sean finalmente autorizados, responsabilizándose la entidad adjudicataria de su adecuada utilización y funcionamiento.
El periodo de funcionamiento de la zona B del recinto coincidirá con el periodo de las fiestas patronales del distrito y será para los días jueves 11 al lunes 15 de septiembre de 2025, ambos incluidos, por lo que la parcela ocupada deberá quedar libre de instalaciones y situados como máximo a las 22 horas del martes 16 de septiembre de 2025.
La ocupación del recinto para la instalación y montaje será de 3 días antes del periodo de funcionamiento, pudiéndose desarrollar dichos trabajos única y exclusivamente entre las 9 y 22 horas siempre que se disponga de la autorización.
El horario máximo de funcionamiento de las atracciones e instalaciones de la zona B será:
- Jueves 11 de septiembre: de 17 h. a 24 h.
- Viernes 12 de septiembre: de 17 h. a 3 h.
- Sábado 13 de septiembre: de 12 h. a 3 h.
- Domingo 14 de septiembre: de 12 h. a 24 h.
- Lunes 15 de septiembre: de 17 h. a 23 h.
A.2.- Ocupación.
El conjunto de las atracciones y puestos feriales de venta, se instalarán en la zona sombreada e identificada como zona B del recinto ferial del plano que forma parte del presente expediente. Dicha zona B se sitúa aproximadamente tras la línea del paraguas luminoso del recinto, por ser esta la que separa y divide el recinto en dos zonas diferenciadas, la A para el público de los conciertos y un máximo de diez casetas de asociaciones y agrupaciones políticas del distrito, de la B para las atracciones y puestos de feria.
La superficie total del recinto es de 14.899 m2 aproximadamente, de los que corresponden a la:
Zona A:
Superficie total destinada a escenario y a un máximo de diez casetas de grupos políticos y asociaciones: 8.945 m2 aproximadamente, en la que se distribuyen las siguientes superficies:
- Superficie en la que se instalarán los elementos previstos en el expediente de contratación número 300/2023/00171 del servicio de organización y realización de las Fiestas Patronales 2025 tales como: escenario, backstage, 4 camerinos, 2 jaimas, aseos artistas VIP, jaima punto violeta y cabina operativo policial y 26 aseos públicos.
- Superficie destinada a un máximo de 10 casetas de grupos políticos y asociaciones de un máximo de 5 por 15 metros cada una, y una zona de terraza de idéntica superficie.
- Superficie libre de instalaciones y situados prevista para el público que acuda a los espectáculos.
Zona B:
Superficie total destinada a atracciones de feria, puestos de tómbola o similar: 5.517 m2 aproximadamente, en la que se distribuyen las siguientes superficies:
- Superficie máxima de ocupación en la zona de atracciones: 2.883 m2 aproximadamente.
- Superficie para circulación de público y vehículos de emergencia entre atracciones: 2.634 m2 aproximadamente.
Sin perjuicio del cambio de ubicación por razones de interés público debidamente justificadas.
Zona C: Superficie para circulación de público y vehículos de emergencia en acceso al recinto por la calle Saturno con una superficie aproximada de 437 m2.
La ubicación de las zonas puede variar con respecto a las ocupadas en años anteriores en caso de que se consiga ampliar con parcelas colindantes la zona para recinto ferial, lo que se notificará al autorizado por los servicios del distrito oportunamente para la adecuada confección y distribución de los planos y del plan de actuación de emergencias. En cualquier caso, se mantendrá la superficie a ocupar por la zona B, de 5.517 m2 aproximadamente.
La ocupación de la zona B con atracciones, puestos de venta de productos y aparatos verbeneros se ajustará a las siguientes condiciones y en todo caso a las prescripciones contenidas en el plan de autoprotección del recinto: