Saltar navegación

BOAM nº 9194 (04/08/2022)
Área de Gobierno de Hacienda y Personal

2380

Resolución de 2 de agosto de 2022 de la Directora General de Costes y Gestión de Personal por la que se convocan puestos de trabajo para su provisión por el procedimiento de libre designación LD 53/2022.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 y siguientes del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005, en adelante, ROPAM, y con las bases generales por las que se regirán los procedimientos para la provisión definitiva y temporal de puestos de trabajo de personal funcionario en el Ayuntamiento de Madrid y en sus Organismos Autónomos, aprobadas por Acuerdo de 26 de noviembre de 2020 de Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid (BOAM de 30 de noviembre de 2020), y en uso de las competencias previstas en el apartado 12.º 1.4.a) del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal (BOCM número 168, de 17 de julio de 2019),

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Convocar los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I.

 

SEGUNDO.- Podrán participar en este proceso los/-as funcionarios/-as de carrera del Ayuntamiento de Madrid y los/-as funcionarios/-as de carrera procedentes de otras administraciones públicas que hayan accedido a la Administración del Ayuntamiento de Madrid por procedimientos de provisión de carácter definitivo regulados en el artículo 12 y siguientes del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005, y continúen prestando servicios en el mismo, siempre que su Cuerpo, Escala o Especialidad sea considerado como equivalente a la Escala, Subescala y/o Categoría del puesto convocado, cualquiera que sea su situación administrativa a excepción de la suspensión de funciones, cuando reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en la presente convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

 

TERCERO.- Los/-as interesados/-as presentarán su solicitud exclusivamente a través de Ayre conforme a lo dispuesto en el Capítulo VI del ROPAM.

 

No obstante, los/-as interesados/-as que no se encuentren en servicio activo presentarán una solicitud por cada uno de los puestos por los que opten en el modelo de instancia publicado como anexo II. Dichas solicitudes se podrán presentar en el Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Madrid, en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de Madrid, así como en los restantes registros electrónicos de cualquier Administración pública, en las oficinas de correos, en la forma que reglamentariamente se establezca, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero o en cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes (artículo 16, disposición derogatoria única y disposición final séptima de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -en adelante, LPAC-, así como artículos 36 y siguientes de la Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica, BOAM 11 de marzo de 2019).

 

CUARTO.- El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

QUINTO.- Los/-as interesados/-as acompañarán a la solicitud su currículum, en el que se detalle su formación y experiencia profesional. En el caso de los/-as funcionarios/-as que hubieran presentado la solicitud por Ayre aportarán el currículum en cualquiera de los formatos de archivo permitidos (pdf, jpg, jpeg, jpe, tif y tiff).

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición, ante la Directora General de Costes y Gestión de Personal, en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123, 124 y 30 de la LPAC).

 

II. Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los de Madrid, a elección de aquella, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14.1. 2.ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa).

 

Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente (artículo 40.2 de la LPAC).

 

Madrid, a 2 de agosto de 2022.- La Directora General de Costes y Gestión de Personal (P.S., Decreto de 27 de julio de 2022 de la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Personal), el Consejero Tecnico, José Manuel Herrero Mendoza.

Subir Bajar