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BOAM nº 8565 (22/01/2020)
Área de Gobierno de Hacienda y Personal

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Resolución de 14 de enero de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión de Personal por la que se convoca Concurso Específico de Méritos FE-2/2020 para la provisión de puestos de trabajo en el Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias.

La solicitud de participación en el concurso lleva implícita la petición de consolidación del grado que corresponda a cada persona, excepto en aquéllas que lo tengan consolidado por decreto o resolución del órgano competente.

 

Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias.

 

SEXTO. Comisión de Valoración.

 

Los méritos serán valorados por una Comisión de Valoración que será designada por la autoridad convocante con arreglo a la siguiente composición:

- Un/a presidente/a propuesto por la Directora General de Costes y Gestión de Personal.

- Dos representantes propuestos por la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias.

- Dos representantes propuestos por la Directora General de Costes y Gestión de Personal.

- Tres representantes de las organizaciones sindicales.

Todos los miembros de la Comisión de Valoración tendrán voz y voto. Actuará como secretaria/o con voz pero sin voto un/a representante designado/a por la Directora General de Costes y Gestión de Personal.

 

Podrán designarse en atención a la naturaleza y volumen de la convocatoria suplentes con los mismos requisitos.

 

Los miembros de la comisión deberán ser funcionarias/os de carrera y pertenecer al grupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados. Deberán además poseer grado personal o desempeñar puestos de nivel igual o superior al de los convocados.

 

La Comisión de Valoración podrá solicitar de la autoridad convocante competente la designación de expertas/os en calidad de asesoras/es que actuarán con voz pero sin voto.

 

De cada sesión celebrada la/el secretaria/o de la comisión levantará la correspondiente acta.

 

La Comisión de Valoración elevará a la Directora General de Costes y Gestión de Personal la propuesta de resolución del concurso, acompañada de una memoria explicativa de su actuación, relación de las/os candidatas/os presentadas/os con expresión de la puntuación obtenida, votos particulares formulados por cualquiera de las/os vocales, así como cualquier incidencia que hubiera surgido.

 

SÉPTIMO. Resolución.

 

El plazo de resolución será de seis meses contados desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de instancias.

La resolución se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

OCTAVO. Toma de posesión.

 

El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles, que se contarán a partir del día siguiente al de cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, o un mes, computado desde la publicación de la resolución del procedimiento, si comporta el reingreso al servicio activo.

 

NOVENO. Destinos.

 

Los interesados podrán desistir total o parcialmente de su solicitud de participación en el presente concurso de méritos hasta el día anterior a la fecha de la resolución de la Directora General de Costes y Gestión de Personal por la que se resuelva este concurso.

 

Los destinos adjudicados en este concurso serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

 

Los traslados que se deriven de la resolución del concurso tendrán la consideración de voluntarios.

 

DÉCIMO. Recursos.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición, ante la Dirección General de Costes y Gestión de Personal del Área de Gobierno de Hacienda y Personal, en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 30, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante, LPAC).

 

II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid, a elección de aquélla, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14.1.2ª, 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

Todo ello sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 40.2 de la LPAC).

 

Madrid, a 14 de enero de 2020.- La Directora General de Costes y Gestión de Personal, Silvia Rojo López de la Osa.

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