BOAM nº 8804 (13/01/2021)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte
54
Resolución de 11 de enero de 2021 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura Turismo y Deporte por la que se ordena la publicación del Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura Turismo y Deporte, por el que se designan los miembros del jurado del Premio Lope de Vega de Teatro 2019.En virtud de las facultades que me han sido delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 4 de julio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, y de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas,
RESUELVO
Ordenar la publicación oficial del Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte de fecha 11 de noviembre de 2020 por el que se designan los miembros del jurado del Premio Lope de Vega de Teatro 2019:
"La Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, por Decreto de 21 de octubre de 2020, ha aprobado la convocatoria pública del Premio Lope de Vega de Teatro 2019 y sus correspondientes bases.
La convocatoria del Premio Lope de Vega tiene un carácter anual, siendo una de las categorías de los Premios Villa de Madrid, y cuyo objeto es fomentar la creación literaria en la ciudad de Madrid impulsando la escritura dramática, mediante la selección de entre los textos presentados por los participantes escritos en lengua castellana, de tema libre, original e inédito, aquel que el Jurado considere el mejor, tanto por su tratamiento dramático como por su visión escénica.
El apartado decimosegundo de la bases de la convocatoria establece que la valoración de las obras presentadas se realizará por un jurado con la siguiente composición:
Presidente: Titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, o persona en quien delegue.
Vocales: Cuatro, de elección por el Ayuntamiento de Madrid entre personas de reconocido prestigio en el ámbito de las artes escénicas.
Asistirá al jurado, sin formar parte de este, como secretario, un funcionario del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, que actuará con voz, pero sin voto.
Y señala, que los miembros del jurado serán nombrados mediante Decreto de la Titular del Área de Cultura, Turismo y Deporte.
En base a lo expuesto, se procede a proponer la designación de los miembros que integrarán el jurado, en cuya composición se garantizará la presencia equilibrada de hombres y mujeres, de conformidad con lo establecido en los artículos 51 y 42 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres.
A la vista de la memoria que antecede de la Directora General de Programas y Actividades Culturales de 21 de julio de 2020, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.n) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 4 de julio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte,
DISPONGO
PRIMERO.- Designar a los siguientes miembros del jurado del Premio Lope de Vega de Teatro 2019:
Presidente:
María Ballesteros del Prado, Directora General de Programas y Actividades Culturales del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.
Suplente: Cristina Torre-Marín Comas, Subdirectora General de Coordinación y Cultura de la indicada Dirección General.
Vocales:
Rocío García, periodista del diario "El País".
Alberto Ojeda, crítico de la revista "El Cultural".
Paloma Cortina, Directora del podcast Julietas y Medeas, de "Radio 5".
Luis Luque, Director adjunto del Teatro Español y sus naves en Matadero.
Secretario:
Ángel Luis Pérez Blanco, Consejero Técnico del Coordinador de Cultura.
Suplente: Pau Sanmartín Ortí, Adjunto a Departamento. Unidad Técnica de Promoción Cultural.
En función del número de obras presentadas, el jurado podrá ser asistido por un Comité de Lectura que emita sus correspondientes informes de evaluación previa para su consideración por parte del jurado.
Se considera constituido el jurado con un quorum de la mitad más uno de sus miembros.
Las decisiones del Jurado se adoptarán por mayoría, quedando las mismas reflejadas en el acta de la sesión correspondiente.
En el momento de las votaciones solamente se tendrán en cuenta los votos emitidos por los miembros presentes, no admitiéndose la delegación de voto.
En el momento del fallo se procederá a la apertura de la plica para comprobar la identidad del autor/a de la obra ganadora.
El jurado únicamente podrá proponer una obra ganadora. El premio podrá ser declarado desierto. El jurado, si lo considera oportuno, podrá recoger en el acta un accésit sin dotación económica.
Los miembros del jurado no pertenecientes a la Administración tendrán derecho a percibir las dietas e indemnizaciones correspondientes a sus labores de asesoramiento, que deberán ser aprobadas por Decreto de la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.
El presente decreto se publicará una vez finalizado el proceso de concesión de esta convocatoria.
Para todo lo relacionado con el régimen de funcionamiento de esta Comisión de Valoración, se estará a lo establecido en los artículos 16 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público".
Madrid, a 11 de enero de 2021.- La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, María Carmen González Fernández.