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BOAM nº 8573 (03/02/2020)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

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Acuerdo de 30 de enero de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifica el Acuerdo de 27 de junio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal.

El artículo 17.1 h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid asigna a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid la competencia general para establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno.

 

Mediante Acuerdo de 27 de junio de 2019, la Junta de Gobierno estableció la organización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal.

 

El presente acuerdo tiene por objeto modificar parcialmente aquel, para introducir diversos cambios tanto en la Coordinación General de Presupuestos y Recursos Humanos, como en la Coordinación General de Contratación y Política Financiera, relativos a la modificación de la denominación de determinados órganos directivos y subdirecciones generales, así como a la modificación de las competencias propias de tales órganos, con el objeto de lograr una mayor eficiencia en la consecución de los objetivos asignados.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 h) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, a propuesta de la titular del Área de Gobierno de Hacienda y Personal y, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 30 de enero de 2020,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Modificar el Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal, en los términos que a continuación se indican:

 

Uno.- En el índice, se modifican los apartados 6º, 11º y 14º, que quedan redactados en los siguientes términos:

 

"6º.- Coordinación General de Contratación y Política Financiera.

 

1.Competencias específicas.

 

2. Contratación".

 

"11º.- Dirección General de Planificación de Recursos Humanos.

 

1. Competencias específicas.

2. Gastos.

 

3. Contratación".

 

"14º.- Dirección General de Contratación y Servicios.

 

1. Competencias específicas.

 

2. Patrimonio.

 

3. Sanciones y multas coercitivas".

 

Dos.- En el apartado 1º, relativo a la "Organización del Área de Gobierno de Hacienda y Personal", se modifica el punto 1, que queda redactado en los siguientes términos:

 

"1. El Área de Gobierno de Hacienda y Personal se organiza para el ejercicio de sus competencias en los siguientes órganos directivos, subdirecciones generales y organismos, así como en las demás unidades y puestos de trabajo que se determinen en la relación de puestos de trabajo:

 

1. Coordinación General de Presupuestos y Recursos Humanos.

 

1.1. Dirección General de Presupuestos.

 

1.1.1. Subdirección General de Análisis, Planificación Presupuestaria y Coordinación de los Servicios de Ingresos.

1.1.2. Subdirección General de Elaboración y Gestión del Presupuesto.

1.1.3. Subdirección General del Sector Público.

1.1.4. Unidad de Seguimiento y Control del Sistema Financiero.

 

1.2. Dirección General de Planificación de Recursos Humanos.

 

1.2.1. Subdirección General de Planificación.

1.2.2. Subdirección General de Selección.

1.2.3. Subdirección General de Situaciones Administrativas, Funcionarios Interinos y Registro de Personal.

1.2.4. Subdirección General de Transformación de la Gestión e Inspección de Servicios.

1.2.5. Escuela de Formación del Ayuntamiento de Madrid, con rango de Subdirección General.

 

1.3. Dirección General de Costes y Gestión de Personal.

 

1.3.1. Subdirección General de Retribuciones y Seguridad Social.

1.3.2. Subdirección General de Relaciones de Puestos de Trabajo y seguimiento presupuestario del Capítulo I.

1.3.3. Subdirección General de Gestión de Personal.

 

1.4. Dirección General de Función Pública.

1.4.1. Subdirección General de Relaciones Laborales.

1.4.2. Subdirección General de Acción Social.

1.4.3. Subdirección General de Régimen Jurídico, Disciplinario e Incompatibilidades de Personal.

 

2. Coordinación General de Contratación y Política Financiera.

 

2.1. Dirección General de Contratación y Servicios.

 

2.1.1. Subdirección General de Coordinación de la Contratación.

2.1.2. Subdirección General de Contratación Centralizada.

2.1.3. Oficina de Colaboración Público Privada, con rango de Subdirección General.

2.1.4. Subdirección General de Estadística.

 

2.2. Dirección General de Política Financiera.

 

2.2.1. Subdirección General de Servicios Financieros.

2.2.2. Tesorería.

 

2.2.2.1. Subdirección General de Gestión y Planificación de Tesorería.

 

2.3. Subdirección General de Modernización e Innovación de Procesos.

 

3. Secretaría General Técnica, con rango de Dirección General.

 

3.1. Subdirección General de Personal.

3.2. Subdirección General de Contratación y Asuntos Generales.

3.3. Subdirección General de Régimen Jurídico.

 

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