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BOAM nº 7867 (15/03/2017)
Ayuntamiento Pleno

545

Acuerdos de la sesión (2/2017) ordinaria del Pleno celebrada el día 31 de enero de 2017.

- Técnicos Superiores de Tecnologías de la Información y la Comunicación, Grupo A, Subgrupo A1.

- Técnicos Medios de Tecnologías de la Información y la Comunicación, Grupo A, Subgrupo A2.

- Técnicos Auxiliares de Tecnologías de la Información y la Comunicación, Grupo C, Subgrupo C1.

Segundo: En desarrollo de este Acuerdo, los órganos competentes podrán iniciar los procesos de integración del personal funcionario de carrera propio del Ayuntamiento de Madrid y los procesos de adecuación del personal laboral fijo a los que alude el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 17 de noviembre de 2011, por el que se define el ámbito de la Función Pública Municipal.

Tercero: Se faculta a la titular de la Gerencia de la Ciudad para dictar las resoluciones precisas para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo, así como para resolver las dudas que pudieran surgir en su interpretación.

Cuarto: Este Acuerdo tendrá efectos desde la fecha de su adopción y se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

Punto 6. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:

"PRIMERO.- Aprobar definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de Usos para Implantación de la actividad de consulta odontológica en la planta primera, letra D, del edificio sito en la calle Joaquín María López, número 44B, promovido por particular, una vez evacuados los trámites exigidos en el Acuerdo de Aprobación Inicial adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 28 de abril de 2016.

SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

TERCERO.- Dar traslado a los interesados del presente acuerdo advirtiéndoles de los recursos que procedan, en virtud de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicos de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

CUARTO.- El presente Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos tendrá una vigencia indefinida, a contar desde el día siguiente a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid".

 

COMISIÓN PERMANENTE ORDINARIA DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE

 

Punto 7. Se retira por el Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, antes del comienzo de su deliberación, en los términos del artículo 65.1 del Reglamento Orgánico del Pleno, la propuesta del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible para aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos para el edificio situado en la calle del Divino Pastor número 9, promovido por Craskí Inversiones S.L.U. Distrito de Centro.

Punto 8. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:

"PRIMERO.- Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos para el edificio sito en la calle del Maestro Victoria, número 5, en el Distrito de Centro, promovido por don Gabriel Bugeda Granda en representación de Worlwide Intermediate España, S.L., de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62.2.a), en relación con el artículo 61.4 de la Ley 9/2001, de 17 de Julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

En todo caso deberán tenerse en cuenta las prescripciones recogidas en los dictámenes de la CPPHAN en su sesión de fecha 28 de abril de 2016 y CLPH de fecha 13 de mayo de 2016, ratificada con fecha 20 de mayo de 2016 por la Directora General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura de la Comunidad de Madrid.

SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en cumplimiento del artículo 66 del mismo texto legal.

TERCERO.- La vigencia del control urbanístico ambiental de usos, contenida en el presente Plan Especial, será de cuatro años contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

CUARTO.- Dar traslado a los interesados de este acuerdo advirtiéndoles de los recursos que procedan, en virtud de lo establecido en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas".

Punto 9. Adoptar un acuerdo del siguiente tenor literal:

"PRIMERO.- Acumular, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dada su identidad sustancial, las solicitudes presentadas por los interesados relacionados como recurrentes en documento Anexo.

SEGUNDO.- Inadmitir a trámite los recursos extraordinarios de revisión interpuestos, contra el acto administrativo de aprobación definitiva del Estudio de Detalle de la finca sita en la calle Catalina Suárez, número 16, Distrito de Retiro, promovido por la Fundación San Pío X, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el 31 de enero de 2012, al no concurrir los requisitos exigidos en el artículo 118.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 107.3 del mismo Texto Legal.

TERCERO.- Declarar la inadmisión a trámite de las solicitudes de revisión de oficio del acto administrativo de aprobación definitiva del Estudio de Detalle de la finca sita en la calle Catalina Suárez, número 16, distrito de Retiro, promovido por la Fundación San Pío X, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el 31 de enero de 2012, al no concurrir en este caso causa alguna de nulidad de pleno derecho prevista en el artículo 62.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

CUARTO.- Declarar la inadmisión a trámite de las solicitudes de revisión de oficio del Estudio de Detalle de la finca sita en la calle Catalina Suárez, número 16, Distrito de Retiro, promovido por la Fundación San Pío X, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el 31 de enero de 2012, por falta de legitimación activa de los solicitantes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 102.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común".

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