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BOAM nº 8904 (08/06/2021)
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

1455

Decreto de 27 de mayo de 2021 del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2021 con destino a actuaciones de accesibilidad, conservación, eficiencia energética y salubridad de edificios existentes de uso residencial vivienda, “Plan Rehabilita Madrid 2021”.

En uso de las atribuciones que me han sido delegadas en el Anexo apartado 3 artículo 1.9 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano de 11 de julio de 2019 (BOCM de 25 de julio de 2019),

 

 DISPONGO

 

Aprobar la convocatoria pública de subvenciones 2021 con destino a actuaciones de accesibilidad, conservación, eficiencia energética y salubridad de edificios existentes de uso residencial vivienda, “Plan Rehabilita Madrid 2021”.

 

CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES 2021 CON DESTINO A ACTUACIONES DE ACCESIBILIDAD, CONSERVACIÓN, EFICIENCIA ENERGÉTICA Y SALUBRIDAD DE EDIFICIOS EXISTENTES DE USO RESIDENCIAL VIVIENDA "PLAN REHABILITA MADRID 2021"

 

Artículo 1. Marco de la convocatoria.

 

La presente convocatoria se rige en el marco de la siguiente normativa:

 

- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), y el Real Decreto 887/2006 de 21 de julio que aprueba el Reglamento que la desarrolla (en adelante, RGS).

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPACAP).

- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

- Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.

- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

- Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

- Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos (en adelante, OBRS), aprobada por Acuerdo de Pleno de 30 de octubre de 2013 y modificada por Acuerdo de Pleno de 31 de mayo de 2017.

- Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible 2019-2021, aprobado por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible de 23 de enero de 2019, modificado por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano de 19 de marzo de 2020, y modificaciones posteriores.

- Acuerdo de 17 de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueban las directrices para la tramitación de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.

- Acuerdo de 11 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano.

 

Artículo 2. Objeto.

 

1. El Ayuntamiento de Madrid, a través del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano y el Área Delegada de Vivienda, de acuerdo a los objetivos y líneas establecidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno, y dentro de los créditos consignados en los Presupuestos Generales del Ayuntamiento de Madrid, convoca la concesión de subvenciones con destino a actuaciones de accesibilidad, conservación, eficiencia energética y salubridad de edificios existentes de uso residencial vivienda, y que cumplan los requisitos establecidos en la OBRS.

 

2. La finalidad de estas subvenciones es el fomento y promoción de la realización de actuaciones de accesibilidad, conservación, eficiencia energética y salubridad en edificaciones existentes con uso característico residencial vivienda.

 

Artículo 3. Objetivos generales.

 

Siguiendo lo establecido en el Plan Estratégico de Subvenciones 2019-2021, los objetivos generales o estratégicos, en materia de fomento de la conservación y rehabilitación de edificios existentes de uso residencial vivienda, que se persiguen con esta línea de subvención son los siguientes:

 

1. Contribuir a la conservación y rehabilitación de edificios existentes de uso residencial vivienda.

2. Contribuir al fomento del desarrollo urbano sostenible, la arquitectura, el diseño urbano y el acceso a la vivienda.

 

Artículo 4. Objetivos operativos.

 

Siguiendo lo establecido en el Plan Estratégico de Subvenciones 2019-2021, las actuaciones para ser subvencionadas deberán contribuir a los objetivos operativos que a continuación se indican, cuyo resultado se estimará con los Indicadores y las Metas definidos para cada uno de ellos.

 

1. Promover y apoyar el cumplimento de las obligaciones de las comunidades de propietarios, relativas a la ejecución de las obras y actuaciones necesarias para favorecer el máximo cumplimiento posible de la accesibilidad universal.

El efecto que se pretende conseguir es mejorar las condiciones de accesibilidad del patrimonio edificado en todo el término municipal.

 

2. Promover y apoyar el cumplimiento por los propietarios de edificios existentes de uso residencial vivienda ubicados en la ciudad de Madrid, tanto de sus obligaciones derivadas de la vigente Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones (OCRERE), como la conservación continua de los mismos en cualquier momento, propiciando una mejoría del estado del patrimonio inmobiliario de la ciudad.

El efecto que se pretende conseguir en los citados ámbitos, es la progresiva eliminación de los edificios existentes de uso residencial vivienda en estados inadecuados, con la realización de actuaciones de conservación continuada, y en su consecuencia, evitar un resultado indeseado de la Inspección Técnica de Edificios desfavorable. Por lo tanto, se propiciará el incremento de los edificios que obtengan la Inspección Técnica de Edificios con resultado favorable.

 

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