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BOAM nº 9262 (14/11/2022)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

3209

Decreto de 10 de noviembre de 2022 de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por el que se aprueba la concesión definitiva de la convocatoria pública de subvenciones en régimen simplificado de concurrencia competitiva destinadas a espacios de formato medio y grande de actividad escénica y salas de exhibición cinematográfica 2022.

Aprobada por la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte la convocatoria pública de subvenciones, en régimen simplificado de concurrencia competitiva destinadas a espacios de formato medio y grande de actividad escénica y salas de exhibición cinematográfica 2022, que fue publicada de forma simultánea, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la sede electrónica municipal (https://sede.madrid.es) el 17 de junio de 2022, de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

Una vez cumplimentados todos los trámites del procedimiento el Director General de Programas y Actividades Culturales como órgano instructor, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de conformidad con el artículo 19 de las bases reguladoras de la convocatoria y emitido informe de control de conformidad por la Intervención Delegada en Coordinación de Alcaldía, Vicealcaldía, Cultura, Turismo y Deporte a la propuesta de resolución definitiva, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.n) de la Ley 22/ 2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 4 de julio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte,

   

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar la concesión definitiva de la convocatoria pública de subvenciones en régimen simplificado de concurrencia competitiva destinadas a espacios de formato medio y grande de actividad escénica y salas de exhibición cinematográfica 2022, por un importe total de 1.749.093,36 euros, a los beneficiarios y por los importes que figuran en el Anexo I.

 

SEGUNDO.- Declarar desestimadas las solicitudes de las entidades y por los motivos que se indican en el Anexo II.

 

TERCERO.- Declarar desistidas las solicitudes de las entidades y por los motivos que se indican en el Anexo III.

 

CUARTO.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 de las bases de la convocatoria, la ayuda concedida deberá destinarse a los gastos directamente originados por la realización del proyecto.

 

QUINTO.- Publicar el presente decreto en el Boletín Oficial de Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es) en cumplimiento de lo establecido en el artículo 19 de las bases de la convocatoria, en relación con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

SEXTO.- Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse:

 

1.- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el BOCM (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

2.- Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, siendo el plazo para su interposición el de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 del precitado texto legal.

 

3.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 10 de noviembre de 2022.- La Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, Andrea Levy Soler.

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