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BOAM nº 8341 (20/02/2019)
Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo

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Decreto de 15 de febrero de 2019 de la Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo por el que se aprueba la convocatoria pública de “Los Premios MAD+ 2019, para un Madrid Más Justo y Más Solidario 2019” del Ayuntamiento de Madrid.

Otros gastos, siempre y cuando quede acreditada su vinculación a la ejecución del proyecto ganador.

Para justificar la realización de tales gastos deberán presentarse documentos admitidos en el tráfico mercantil, incluyendo entre tales las facturas y justificantes en formato electrónico que se ajusten a lo dispuesto en el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012.

 

DECIMOSÉPTIMA.- ACEPTACIÓN DE LAS CONDICIONES DE LA CONVOCATORIA POR PARTE DE LAS PERSONAS PARTICIPANTES.

La participación en la convocatoria supone la plena aceptación de la totalidad de las bases de la misma por parte de las personas participantes.

Cualquier duda que pudiera surgir acerca de la interpretación del texto de la convocatoria, será resuelta por la Dirección General de Comercio y Emprendimiento. Las posibles dudas serán atendidas en el teléfono 915888479 o remitidas a la dirección de correo emprendedores@madrid.es.

 

DECIMOCTAVA.- PLAZO DE RESOLUCIÓN.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses, contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Dicho plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria. Transcurrido dicho plazo sin que hubiera recaído resolución expresa, se podrá entender desestimada la candidatura presentada, por silencio administrativo.

 

DECIMONOVENA.- DERECHOS DE IMAGEN.

De conformidad con la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen, con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), los finalistas y las ganadores autorizan expresamente al Ayuntamiento de Madrid a utilizar la imagen, nombre y apellidos de los emprendedores, denominación de la empresa o marca comercial en cualquier tipo de publicidad, promoción, publicación o cualquier otro medio de la naturaleza que fuese, con fines informativos o promocionales, siempre que estén relacionados con el presente premio, incluidos los soportes que se publiciten a través de internet durante el año 2019 y posteriores sin derecho a percibir contraprestación económica alguna.

 

VIGÉSIMA.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.

Los "Premios MAD+ 2019, para un Madrid MÁS justo y MÁS solidario" se desarrollarán con sujeción a la legislación vigente sobre protección de datos de carácter personal, y en particular con sujeción a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

En consecuencia, los datos de las personas participantes podrán ser incorporados y tratados al tratamiento "apoyo integral al emprendimiento", responsabilidad de la Dirección General de Comercio y Emprendimiento del Ayuntamiento de Madrid, con la finalidad de posibilitar la participación en el premio.

Los datos de carácter personal facilitados por los concursantes para participar en el presente concurso, deberán ser veraces y exactos.

La información sobre el tratamiento de los datos de carácter personal se incluye en el impreso de solicitud y la información adicional contenida en las instrucciones.

 

VIGÉSIMOPRIMERA.- PUBLICIDAD.

Los premiados deberán hacer publicidad del premio en membretes, anuncios, memorias y actos que se organicen en relación con el proyecto premiado, especificando el año de concesión.

 

Madrid, a 15 de febrero de 2019.- La Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, Marta Higueras Garrobo.

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