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BOAM nº 8155 (18/05/2018)
Agencia Tributaria Madrid

1111

Resolución de 14 de mayo de 2018 del Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid por la que se convocan puestos de trabajo para su provisión por el procedimiento de Libre Designación LD-AT 5/2018.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 y siguientes del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 15.1.l) de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, aprobados por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid el 22 de diciembre de 2008 (BOAM 30/12/2008):

 

PRIMERO. Convocar el puesto de trabajo que se relaciona en el Anexo I.

 

SEGUNDO. Podrán participar en este proceso los/as funcionarios/as de carrera del Ayuntamiento de Madrid y los/as funcionarios/as de carrera de otras Administraciones Públicas siempre que su Cuerpo, Escala o Especialidad sean considerados como equivalentes a la Escala, Subescala y/o Categoría del puesto convocado, cualquiera que sea su situación administrativa, a excepción de la suspensión de funciones, cuando reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en la presente convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

 

Los/as interesados/as deberán reunir los requisitos indispensables para el desempeño de los puestos de trabajo que soliciten, de acuerdo con las circunstancias y condiciones que para los mismos figuren en la relación de puestos de trabajo objeto de la presente convocatoria.

 

TERCERO. Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes, independientes para cada uno de los puestos a los que deseen optar, al Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, Subdirección General de Secretaría Técnica y Servicios Jurídicos de Tributos, Servicio de Coordinación Administrativa y Gestión de Recursos Humanos, Departamento de Gestión de Recursos Humanos, calle Sacramento, 5, código postal 28005, Madrid, en el modelo de instancia publicado como Anexo II de la presente resolución, presentando las instancias en el Registro General del la Agencia Tributaria Madrid, calle Sacramento, 3, código postal 28005, Madrid, en los restantes Registros del Ayuntamiento de Madrid, en los Registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas y en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

CUARTO. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

QUINTO. Los aspirantes acompañarán a la solicitud el "currículum vitae", en el que figuren los títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos de formación realizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno.

 

SEXTO. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

1. Recurso potestativo de reposición, ante el Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123, 124 y 30 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

2. Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o en los de Madrid, a elección de aquel, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Madrid, a 14 de mayo de 2018.- El Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, P.D., Resolución de 04/09/2015, la Subdirectora General de Secretaría Técnica y Servicios Jurídicos de Tributos, María Belén Méndez de Carbajal.

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