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BOAM nº 8671 (29/06/2020)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

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Acuerdo de 25 de junio de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban las Directrices por las que se establece el procedimiento para la elaboración y modificación de la relación de puestos de trabajo y de la plantilla presupuestaria del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos.

Por Acuerdo de 23 de noviembre de 2017, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid aprobó las Directrices por las que se define el contenido de la relación de puestos de trabajo y de la plantilla presupuestaria del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, se establece el procedimiento y se fijan criterios para su modificación. Estas directrices fueron modificadas mediante Acuerdo de 14 de junio de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid.

 

La experiencia acumulada en la aplicación práctica de dichas directrices ha determinado la necesidad de abordar una modificación en profundidad de su contenido, al objeto de simplificar, agilizar y clarificar al máximo la tramitación de las modificaciones de la relación de puestos de trabajo y de la plantilla presupuestaria del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos. Dicha modificación aconseja la elaboración de unas nuevas directrices que sustituyan en su integridad a las anteriores, que quedan sin efecto en virtud del presente acuerdo.

 

Tanto la relación de puestos de trabajo como la plantilla presupuestaria requieren de procesos ágiles y seguros de aprobación y modificación, de modo que garantizando la racionalidad, permitan al mismo tiempo responder con celeridad a las demandas de necesidades de los servicios públicos prestados por el Ayuntamiento de Madrid a la ciudadanía. Sin menoscabo de las garantías necesarias, los procedimientos de gestión de las relaciones de puestos de trabajo y plantillas deben responder con inmediatez a las necesidades que se planteen, pues ello es requisito para que las políticas municipales tengan el impacto y la calidad esperados por la ciudadanía. Para lograr este propósito, los contenidos de las relaciones de puestos de trabajo y de las plantillas presupuestarias, así como los procedimientos para su aprobación y modificación han de estar basados en los principios de transparencia, agilidad, racionalidad organizativa, economía, eficiencia y utilización de las tecnologías informáticas.

 

Dado el alcance general de las Directrices por las que se define el contenido de la relación de puestos de trabajo y de la plantilla presupuestaria del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, se establece el procedimiento y se fijan los criterios para su modificación, de aplicación a todos los órganos de la Administración municipal y organismos autónomos, y la obligatoriedad de su observancia, se considera que debe ser la Junta de Gobierno, al amparo del artículo 17.1.b) de la Ley 22/2006, de 4 julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, quien adopte estas directrices, vinculantes para todos los órganos ejecutivos y organismos del Ayuntamiento de Madrid.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.b) de la Ley 22/2006, de 4 julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta de la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Personal, y previa deliberación, la Junta de Gobierno en su reunión de 25 de junio de 2020,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Aprobar las Directrices por las que se establece el procedimiento para la elaboración y modificación de la relación de puestos de trabajo y de la plantilla presupuestaria del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, que se incorporan como anexo al presente acuerdo.

 

SEGUNDO.- Habilitar al titular del Área de Gobierno competente en materia de personal para adoptar cuantas resoluciones e instrucciones sean necesarias para el desarrollo e interpretación de este acuerdo, así como para modificar las fichas-modelo contenidas en el anexo de las directrices cuando se considere necesario.

 

TERCERO.- Los expedientes de modificación de la relación de puestos de trabajo y de la plantilla presupuestaria que se encuentren iniciados a la fecha de entrada en vigor del presente acuerdo se sujetarán en su tramitación a las Directrices por las que se define el contenido de la relación de puestos de trabajo y de la plantilla presupuestaria del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, se establece el procedimiento y se fijan los criterios para su modificación, aprobadas por Acuerdo de 23 de noviembre de 2017, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid y modificadas mediante Acuerdo de 14 de junio de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid.

 

CUARTO.- Quedan sin efecto todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en el presente acuerdo y, en especial, el Acuerdo de 23 de noviembre de 2017, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprobaron las Directrices por las que se define el contenido de la relación de puestos de trabajo y de la plantilla presupuestaria del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, se establece el procedimiento y se fijan los criterios para su modificación, así como el Acuerdo de 14 de junio de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se modificaron dichas Directrices.

 

QUINTO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde el día de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Asimismo, será objeto de publicación en la intranet municipal "AYRE", para facilitar su cumplimiento y utilización por parte de los órganos municipales.

 

Madrid, a 25 de junio de 2020.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Ángela Pérez Brunete.

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