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BOAM nº 8929 (13/07/2021)
Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social

1872

Resolución de 9 de julio de 20201 del Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social por la que se ordena la publicación del Decreto de 7 de julio de 2021 del Delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social por el que se modifica la instrucción especial para la ejecución de la Ordenanza de las Prestaciones Económicas del Sistema Público de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Madrid, en relación con la utilización de tarjetas prepago en las ayudas económicas temporales de especial necesidad de productos básicos destinadas a paliar la crisis social por el COVID-19, aprobada por Decreto de 14 de agosto de 2020.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 7.a) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno se ordena la publicación del Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social por el que se modifica la instrucción especial para la ejecución de la Ordenanza de las Prestaciones Económicas del Sistema Público de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Madrid, en relación con la utilización de tarjetas prepago en las ayudas económicas temporales de especial necesidad de productos básicos destinadas a paliar la crisis social por el COVID-19, aprobada por Decreto de 14 de agosto de 2020.

 

Con fecha 7 de julio de 2021 ha sido dictado por el Delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social el siguiente Decreto:

 

Con fecha 7 de julio de 2020, el Pleno del Ayuntamiento de Madrid aprueba definitivamente los Acuerdos de la Villa. Entre los acuerdos y medidas de la Mesa Social, se encuentra la creación urgente de una tarjeta social municipal a través de la que se canalice el pago de las ayudas económicas temporales de especial necesidad de alimentación destinada a paliar la crisis social por el COVID-19.

 

Sobre la base de los Acuerdos de la Villa y con la finalidad de articular la tarjeta prepago con el sistema de ayudas económicas, se dictó el Decreto de 14 de agosto de 2020 del Delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, por el que se aprueba la instrucción especial para la ejecución de la ordenanza de las prestaciones económicas del sistema público de servicios sociales del Ayuntamiento de Madrid, en relación con la utilización de tarjetas prepago en ayudas económicas temporales de especial necesidad de productos básicos destinadas a paliar la crisis social por el COVID-19.

 

Las circunstancias socioeconómicas aconsejaron que, mediante Decreto de 14 de enero, la instrucción especial ampliara sus efectos hasta el 31 de julio de 2021 de 2021, circunstancias que persisten actualmente, siendo más prudente y operativo su continuidad hasta el 31 de diciembre de 2021 con el fin organizar la transición a los procedimientos ordinarios y específicos de gestión.

 

Este decreto del Delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social además de modificar la eficacia temporal de la Instrucción especial, también la modifica al elevar el peso con el que computan los menores de la unidad familiar en el cálculo de la renta mensual per cápita, con el fin de incrementar la cuantía de la ayuda a percibir, como medida de especial protección de la infancia.

 

En su virtud, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional y en la disposición final segunda de la Ordenanza de las Prestaciones Económicas del Sistema Público de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Madrid, de 28 de septiembre de 2004 y de las atribuciones conferidas por los apartados 3°1.1 y 1.2 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 4 de julio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, a propuesta del Director General de Servicios Sociales y Emergencia Social,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Modificar la instrucción especial para la ejecución de la Ordenanza de las Prestaciones Económicas del Sistema Público de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Madrid, en relación con la utilización de tarjetas prepago en ayudas económicas temporales de especial necesidad de productos básicos destinadas a paliar la crisis social por el COVID-19, aprobada por Decreto de 14 de agosto de 2020 del Delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, en los términos que se indican a continuación:

 

Uno.- En los apartados 2, 4 y 15, se sustituye la expresión "31 de julio de 2021" por "31 de diciembre de 2021".

 

Dos.- En el apartado 8.2, se sustituye la expresión "1.3" por "1.5".

 

SEGUNDO.- El presente decreto surtirá efectos desde el día de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 9 de julio de 2021.- El Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, José Ángel Manzano García.

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