BOAM nº 7951 (19/07/2017)
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible
1632
Resolución de 14 de julio de 2017 de la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible por la que se hace público el Decreto de 13 de julio de 2017 del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible por el que se aprueba la Convocatoria Pública de Subvenciones 2017 con destino a actuaciones de accesibilidad, conservación y eficiencia energética de edificios existentes de uso residencial vivienda.b) Presencialmente, en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la LPACAP.
Artículo 15. Modelo de solicitud de subvención.
1. Las solicitudes de subvención se presentarán mediante el modelo que se incorpora al presente decreto de convocatoria. El modelo de solicitud, así como otros modelos referidos en esta convocatoria podrán obtenerse en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, https://sede.madrid.es.
2. La solicitud deberá estar debidamente formalizada y firmada por el solicitante o quien ostente su representación legal, en la que además de consignar los datos identificativos y de contacto, deberá bajo su responsabilidad suscribir las siguientes declaraciones, incluidas en el modelo de solicitud adjunto a esta convocatoria:
- Declaración de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establecen los artículos 33 de la OBRS y 22.1 y 24 RGS. La presentación de la solicitud comportará la autorización al órgano instructor para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal, de Administración Tributaria Municipal, Seguridad Social, o Administración Pública competente. En caso de que el solicitante no quiera acogerse a este acto, lo hará constar expresamente en la solicitud de subvención. En el supuesto en el que no se otorgue tal consentimiento, así como cuando éste sea revocado expresamente en cualquier momento del procedimiento, corresponderá al solicitante aportar los citados certificados.
- Declaración de no hallarse incurso en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, y de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, según lo dispuesto en los artículos 33.2 de la OBRS, 25 y 26 del RGS y 13 de la LGS.
- Declaración de no haber recibido, ni tener concedida otros tipos de ayudas con el mismo objeto que superen el coste real de lo subvencionado. En el caso de haber solicitado otras subvenciones, siempre que no supere el coste real del proyecto, declaración responsable hará expresa mención de la cuantía, así como al órgano o entidad ante la que se han presentado, sin perjuicio de su acreditación con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión de la subvención.
- Declaración de no tener pendiente de justificación fuera de plazo subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos. Esta declaración se presentará únicamente en el caso de que haya sido beneficiario de subvenciones de convocatorias anteriores.
3. "Descripción de las actuaciones" debidamente formalizada y firmada por el técnico responsable de la actuación, siguiendo el modelo que figura como Anexo I de la solicitud de subvención adjunto a esta convocatoria. Este impreso es necesario cumplimentarlo en todos los caso, incluso cuando se presenta proyecto completo de las obras a realizar.
Artículo 16. Forma de presentación de la solicitud de subvención.
1. En los supuestos de presentación de solicitud de subvención, conforme el artículo 14.a) de esta convocatoria, la documentación se presentará electrónicamente utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada del documento original, así como ficheros firmados y visados electrónicamente. En este caso, las copias digitalizadas presentadas garantizarán la fidelidad con el original bajo la responsabilidad de la persona solicitante o representante. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica. Se exceptúa la aportación de facturas, que deberá realizarse siempre de forma presencial con los originales y una copia para proceder a su compulsa.
2. En los supuestos de presentación de la solicitud de subvención conforme el artículo 14.b) de esta convocatoria, la documentación se acompañará en formato papel (original o fotocopia compulsada), o bien digitalizada en dispositivos de almacenamiento como CDs o similares. La documentación que se presente en formato digital deberá incorporar firma electrónica en todos los casos, y visado digital cuando proceda, según la normativa de aplicación.
Artículo 17. Documentación que debe acompañarse a la solicitud de subvención.
1. Deberá acompañar a la solicitud de subvención la documentación siguiente:
1.1. Con carácter específico, en caso de que el solicitante de la subvención sea una comunidad o agrupación de comunidades de propietarios constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la LPH, certificado o certificados de los acuerdos de las mismas emitidos y firmados por su Secretario y/o Administrador con el visto bueno del Presidente, en el que se refleje con los requisitos siguientes:
a) Acuerdo para solicitar la subvención al amparo de esta convocatoria, con relación de personas comuneras, del número total de viviendas y locales que integran el edificio e indicación la cuota de participación correspondiente a cada uno.
b) Aprobación de la designación del Presidente, del Administrador y/o del Secretario de la comunidad de propietarios o agrupación y, en su caso, de un representante legal, y el otorgamiento de capacidad para formular la solicitud de subvención en nombre de la comunidad o agrupación.
c) Compromiso de realización de las actuaciones objeto de solicitud de subvención, adoptado válidamente en los términos de la LPH.
d) Aprobación del presupuesto seleccionado entre las, al menos, tres ofertas disponibles. En el caso de no haber escogido la oferta más baja, se expondrán los motivos para la selección de otra, con criterio de eficiencia y economía. La elección entre, al menos, tres ofertas no será necesaria en el caso de actuaciones terminadas o en curso.
e) En el supuesto de existencia de propietarios residentes de viviendas que justifiquen encontrarse en situación de dificultad social, acreditada mediante informe de los Centros de Servicios Sociales municipales, acuerdo de limitar la derrama correspondiente a esas viviendas a un máximo de un 10 por 100 del coste total a las actuaciones subvencionadas.
Los requisitos que debe reunir la unidad familiar para justificar dicha dificultad social son los siguientes:
- Expediente activo en los Servicios Sociales municipales con fecha anterior al 1 de enero de 2017.
- Renta mensual per cápita de la unidad familiar sea igual o inferior a 350 €.
ANEXOS
- 1.Subvencion MADre 2017 PDF, 86 Kbytes
- 2.ANEXO DESCRIPCIÓN DE ACTUACIONES PDF, 199 Kbytes
- 3.ANEXO II PDF, 75 Kbytes
- 4.Instrucciones solicitud subvención PDF, 50 Kbytes
- 5.Solicitud Inicio actuaciones PDF, 36 Kbytes
- 6.Instrucciones - Solicitud de inicio actuaciones PDF, 48 Kbytes
- 7.Solicitud Terminación de Actuaciones PDF, 198 Kbytes
- 8.Instrucciones Solicitud Terminacion actuaciones.pdf PDF, 36 Kbytes
- 9.Aceptacion Subvencion PDF, 37 Kbytes