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BOAM nº 8670 (26/06/2020)
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

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Resolución de 17 de junio de 2020 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano por el que se hace público el Decreto de 4 de junio de 2020 del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2020 con destino a actuaciones de adaptación de las viviendas para personas con movilidad reducida o discapacidad sensorial en la ciudad de Madrid, “PLAN ADAPTA MADRID 2020”.

a) Electrónicamente, accediendo a la sede electrónica del Ayuntamiento https://sede.madrid.es. En este caso deberá utilizar alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.

 

b) Presencialmente, en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la LPACAP.

 

Puede informarse llamando al teléfono 010 Línea Madrid o al 915298210, si llama desde fuera de la Ciudad de Madrid.

 

2. En los supuestos de presentación de la solicitud de subvención de manera electrónica, la documentación se presentará utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada del documento original, así como ficheros firmados y visados electrónicamente. En este caso, las copias digitalizadas presentadas garantizarán la fidelidad con el original bajo la responsabilidad de la persona solicitante o representante. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica.

 

3. En los supuestos de presentación de la solicitud de subvención de manera presencial, la documentación se acompañará en formato papel, o bien digitalizada en dispositivos de almacenamiento como CD o similares. La documentación que se presente en formato digital deberá incorporar firma electrónica en todos los casos, y visado digital cuando proceda, según la normativa de aplicación.

 

Artículo 15. Modelo de solicitud de subvención.

 

1. La solicitud de subvención se presentarán mediante el modelo que se incorpora al presente Decreto de convocatoria. Este modelo y los restantes referidos en la convocatoria podrán obtenerse en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, https://sede.madrid.es.

 

2. La solicitud deberá estar debidamente formalizada y firmada por la persona con discapacidad o quien ostente su representación legal o la persona que asuma la tutela, en la que, además de consignar los datos identificativos y de contacto, deberá bajo su responsabilidad suscribir las siguientes declaraciones, incluidas en el modelo de solicitud adjunto a esta convocatoria:

 

a) Declaración de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establecen los artículos 33 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos y en los artículos 22.1 y 24 RGS; así como autorización a la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración para comprobar que el/la beneficiario/a se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias frente la Seguridad Social y Hacienda.

 

De conformidad con los principios básicos y generales contenidos en el nuevo Reglamento General de Protección de Datos, aplicable desde mayo de 2018, el consentimiento para la consulta de datos deber ser inequívoco, entendiéndose como tal aquel que se ha prestado mediante una manifestación del interesado o mediante una clara acción afirmativa.

 

b) Declaración de no hallarse incurso en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones públicas, y de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, según lo dispuesto en los artículos 33.2 de la OBRS, 25 y 26 del RGS y 13 de la LGS.

 

c) Declaración responsable de no haber recibido ni tener concedida otro tipo de ayuda para la misma actuación.

 

d) Declaración responsable de la veracidad de los documentos presentados.

 

e) Declaración responsable de haber solicitado título habilitante en el caso que fuera necesario (comunicación previa o licencia urbanística).

 

Artículo 16. Documentación que debe acompañarse a la solicitud de subvención.

 

1. Documentación general obligatoria:

 

1.1. Modelo oficial de solicitud, cumplimentado en todos sus apartados. Cuando la solicitud sea formulada por el representante de la persona con discapacidad, deberá acreditarse la representación por cualquier documento válido en derecho.

 

1.2. Certificado o nota simple del Registro de la Propiedad o bien documentación acreditativa del hecho, acto o negocio jurídico (contrato de compraventa, contrato de arrendamiento, escritura de partición de herencia, testamento y/o certificado de últimas voluntades, escritura pública de donación, etc.) que demuestre la titularidad del inmueble como propietario/a, arrendatario/a, usufructuario/a o titular por cualquier otro título jurídico de similar naturaleza admisible en Derecho.

 

1.3. Documento normalizado "T" Alta de Pago por Transferencia. Este documento estará exclusivamente disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es). Los/as beneficiarios/as indicados/as en el artículo 10.1 de esta convocatoria, deberán contar con una cuenta bancaria abierta para el cobro de la subvención, salvo en los casos que haya representante legal o quien asuma la tutela que será a nombre suyo/a.

 

2. Documentación específica obligatoria:

 

2.1. En el supuesto de solicitud por parte de quien no sea propietario/a de la vivienda: Declaración responsable suscrita por el/la solicitante o su representante, donde manifieste que goza de la plena disponibilidad del inmueble para la realización de las actuaciones, contando con la autorización del/de la propietario/a, según el modelo adjunto a la convocatoria y disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es).

 

2.2. En el supuesto de actuaciones sin iniciar o en curso de ejecución: Presupuesto del coste de la actuación para la que se solicita la ayuda, incluyendo las obras o instalaciones a realizar y, en caso de que fuera necesario por la entidad de las obras, proyecto básico firmado por técnico facultativo competente.

 

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