BOAM nº 8647 (27/05/2020)
Informática del Ayuntamiento de Madrid
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Resolución de 22 de mayo de 2020 de la Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid por la que se resuelve la convocatoria de un puesto de trabajo para ser provisto por el procedimiento de libre designación LD IAM 1-2020.Por Resolución de 17 de enero de 2020 de la Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, BOAM número 8565 de 22 de enero de 2020, se convoca puesto de trabajo para su provisión por el procedimiento de libre designación LD IAM 1-2020.
El Decreto de 12 de marzo de 2020 del Alcalde, e igualmente el posterior de 30 marzo de 2020, por los que se determinaron los servicios del Ayuntamiento de Madrid, sus Organismos Autónomos y Empresas Públicas con motivo de las medidas excepcionales adoptadas para contener el COVID-19, establecieron medidas de adecuación de la organización del trabajo y de los procedimientos administrativos ante estas circunstancias excepcionales, al mismo tiempo que señalaban en su Anexo I al IAM como centro gestor de determinados servicios básicos y esenciales para el conjunto de la Administración municipal.
Por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se declaraba el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. En su Disposición Adicional 3ª declaraba la suspensión de términos y la interrupción de los plazos en la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. Con ello, se determinaba que el cómputo de los plazos se reanudaría en el momento en que perdiera vigencia el Real Decreto o, en su caso, sus prórrogas. Sin embargo, en su apartado 3.º también se decía que el órgano competente podría acordar, mediante resolución motivada, las medidas de ordenación e instrucción estrictamente necesarias para evitar perjuicios graves en los derechos e intereses del interesado en el procedimiento y siempre que éste manifieste su conformidad, o cuando el interesado manifieste su conformidad con que no se suspenda el plazo.
Las funciones que el IAM tiene atribuidas en cuanto centro responsable del soporte en tecnologías de la información y comunicaciones de todos los servicios públicos que nuestra Corporación presta a los vecinos de la ciudad de Madrid, y, de igual forma, en cuanto a la instrumentación informática de la actividad entre los distintos órganos y unidades de la Administración municipal, en estos momentos especiales y con las medidas establecidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, hacen que su actividad sea crítica y de importancia esencial para su correcto funcionamiento como Administración pública prestadora de los servicios públicos más esenciales y prioritarios para la población de la ciudad de Madrid.
En consonancia con esta habilitación, y lo dispuesto por el punto primero de la Resolución de 13 de mayo de 2020 de la Directora General de Costes y Gestión de Personal relativa a la suspensión de plazos en determinados procedimientos en materia de provisión de puestos de trabajo (BOAM, 18/05/2020), se procede a adjudicar los puestos en su día convocados.
De conformidad con lo anteriormente expuesto y con lo dispuesto en los artículos 12 y siguientes del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005, los artículos 51 y siguientes del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y en uso de las competencias previstas en el artículo 15 de los Estatutos del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, a la vista de los currículos presentados por los diferentes candidatos/as,
RESUELVO
PRIMERO.- Adjudicar el puesto de trabajo que se expresa en el Anexo I a la persona propuesta.
SEGUNDO.- Esta resolución surtirá efectos desde la toma de posesión.
El cese y la toma de posesión del nuevo destino se producirá de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 13 del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005, y 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
TERCERO.- Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso potestativo de reposición, ante la Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123, 124 y 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante, LPAC).
II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los de Madrid, a elección de aquel, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14.1.2.ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 40.2 de la LPAC).
Madrid, a 22 de mayo de 2020.- La Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, M.ª Jesús Villamediana Díez.