BOAM nº 7593 (08/02/2016)
Alcaldía
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Decreto de 27 de enero de 2016 de la Alcaldesa por el que se aprueban las Normas Reguladoras de la Comisión para la Protección del Patrimonio Histórico–Artístico y Natural de la Ciudad de Madrid.La Comisión para la Protección del Patrimonio Histórico-Artístico y Natural de la Ciudad de Madrid (en adelante, CPPHAN) se encuentra prevista en el Capítulo 4.11 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 (NNUU del PGOUM) y, más concretamente, en su artículo 4.1.3.8. Se configura como una comisión de seguimiento del desarrollo y ejecución del Plan General, cuyo objeto es asesorar al Ayuntamiento de Madrid en materia de protección del patrimonio histórico y, en particular, sobre los bienes que lo integran.
Su composición deberá incluir representantes de las Administraciones y Entidades de carácter público o privado relacionadas con la protección del patrimonio histórico, artístico y natural, así como personas de reconocido prestigio en el campo de la cultura madrileña.
En cumplimiento de las previsiones del Plan General, y con la finalidad de garantizar la máxima protección del patrimonio histórico-artístico de la ciudad de Madrid, el Decreto de la Alcaldía de 5 de marzo de 2007 aprobó las Normas Reguladoras de la CPPHAN, que han sido objeto de posteriores modificaciones parciales. En la actualidad, resulta necesario aprobar un nuevo Decreto que adecue la regulación de la CPPHAN a las recientes reformas normativas, mejore su funcionamiento interno y refuerce la efectividad de los principios de transparencia y participación.
Para ello, deben tenerse en cuenta las modificaciones legislativas producidas en materia de protección de patrimonio histórico como consecuencia de la entrada en vigor de la nueva Ley de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid y la necesaria conjugación de la aplicación de la misma en consonancia con las competencias que ostenta el Ayuntamiento de Madrid.
La Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, consagra el principio de cooperación entre las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus funciones y competencias para la defensa, conservación, fomento y difusión del patrimonio histórico mediante relaciones recíprocas de plena comunicación, cooperación y asistencia mutua.
En aplicación de este principio de cooperación interadministrativa se constituyó la Comisión Local de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, en la que tiene representación el Ayuntamiento de Madrid, para el examen de las actuaciones que afectan a los Bienes de Interés Cultural, Bienes de Interés Patrimonial y sus entornos declarados o sobre los que se haya incoado expediente de declaración de Bien de Interés Cultural.
En este sentido, las competencias urbanísticas y de protección y gestión de patrimonio histórico del Ayuntamiento de Madrid, deberán ejercerse en el marco de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, fundamentalmente, atendiendo siempre a la debida coordinación con las demás Administraciones Públicas competentes en la materia, lo que exige hacer una labor de reinterpretación de las previsiones del Título IV del PGOUM y del papel que la CPPHAN debe cumplir en cuanto órgano consultivo, a la luz de la normativa legal actualmente aplicable.
Para ello, se establecen como finalidades de la CPPHAN el seguimiento de las actuaciones sobre los bienes protegidos, así como el desarrollo y ejecución de instrumentos de Planeamiento y demás instrumentos de protección del Plan General, asesorando a los órganos municipales competentes en materia de protección del patrimonio histórico, artístico y natural y, en particular, sobre los bienes regulados en el Título IV del PGOUM (Patrimonio Histórico y Natural).
Especial importancia adquiere su composición, en la que se da representación a las Áreas de Gobierno vinculadas a la protección del patrimonio, a fin de garantizar la coordinación entre ellas, así como a entidades de carácter público o privado relacionadas con la protección del patrimonio histórico, artístico y natural, admitiéndose igualmente la posibilidad de invitar a profesionales especialistas en la materia. De esta forma, se pretende consagrar un marco institucional completo para que todas las Áreas de Gobierno con responsabilidades en la materia puedan desarrollar sus competencias de manera coordinada, contando además con la participación de los grupos municipales, representación de asociaciones de vecinos y entidades implicadas en la protección del patrimonio, así como con el asesoramiento de expertos de reconocido prestigio en la materia.
Con el fin de agilizar su actividad, se potencia la función de la Ponencia Técnica, como órgano de trabajo auxiliar de la Comisión, que examinará con carácter previo los expedientes y elaborará los informes técnicos sobre los asuntos que deban ser tratados en la misma.
Entre las principales novedades que se hace preciso introducir en la Comisión está la de dar entrada en la misma a representantes de los grupos municipales de la oposición, con el objetivo de garantizar de una manera efectiva el principio de transparencia que ha de presidir la actividad municipal, de acuerdo con lo previsto en la Ley 19/2013, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
Además, y con el fin de potenciar las formas de participación recogidas en el vigente Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid de 31 de mayo de 2004, se permite la asistencia a la Comisión de un representante de la Federación Regional de Asociaciones de Vecinos de Madrid.
Por último, se pretende articular y acomodar el Decreto a las nuevas formas de intervención previstas en la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas de 23 de diciembre de 2004 conforme a la modificación aprobada el 29 de abril de 2014 y a la Ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas en la Ciudad de Madrid de 28 de febrero de 2014. A tal fin, también se incluye entre las funciones de la Comisión la emisión de los informes previos necesarios que han de acompañar a las Declaraciones Responsables, previstos en las ordenanzas municipales que regulan la tramitación de licencias y de las nuevas formas de intervención por parte de la Administración en la actuación de los ciudadanos.
En definitiva, la experiencia acumulada desde que se aprobase el Decreto de la Alcaldía de 5 de marzo de 2007, que ahora se deja sin efecto, ha permitido comprobar la efectividad de la CPPHAN en el logro de sus objetivos, y aconseja la aprobación de un nuevo Decreto en el que, por una parte, se adapte la composición de dicha Comisión a la nueva estructura organizativa municipal y, por otra, se introduzca una serie de mejoras en la regulación de la CPPHAN, con en fin de afianzarla y hacerla más efectiva como órgano de asesoramiento del Ayuntamiento de Madrid en materia de protección del patrimonio histórico artístico.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 76 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid y a propuesta del titular del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible,
DISPONGO
Artículo 1. Objeto.
El objeto del presente Decreto es la regulación de la composición y el funcionamiento de la Comisión para la Protección del Patrimonio Histórico-Artístico y Natural de la Ciudad de Madrid, como órgano colegiado con funciones de seguimiento, asesoramiento, coordinación y control en materia de protección del patrimonio histórico-artístico y natural de la ciudad de Madrid.