BOAM nº 8906 (10/06/2021)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo
1486
Resolución de 8 de junio de 2021 del Director General de Innovación y Emprendimiento por la que se otorga la condición de colaborador de La Nave a la asociación Ibérica de Gas Natural, Hidrógeno y Gas Renovable para la Movilidad (GASNAM).En virtud de las atribuciones que tengo conferidas por Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, a propuesta de la Subdirección General de Innovación,
RESUELVO
PRIMERO.- Otorgar la condición de colaborador de La Nave a la Asociación Ibérica de Gas Natural, Hidrógeno y Gas Renovable para la Movilidad (GASNAM), con NIF G86693074, para el desarrollo de actividades de divulgación científica y tecnológica relacionadas con el uso del gas natural, del hidrógeno y/o del gas renovable en la movilidad como combustibles medioambientalmente sostenibles. Entre los cuales se encuentran las previstas para la presente anualidad -presentación de la Plataforma Neutral Transport y Green Gas Mobility Summit- este último con periodicidad anual.
Dicha condición la adquirirá a partir de la fecha de la presente resolución, quedando sujeto al régimen de derechos y obligaciones recogidos en las Bases Tercera y Cuarta de la convocatoria pública aprobada mediante la Resolución, de 6 de mayo de 2015, del Director General de Comercio y Desarrollo Económico de "Madrid Emprende" para la selección de colaboradores en el ámbito del Proyecto "Madrid Campus de la Innovación" (publicada en BOAM número 7.410, de 12 de mayo de 2015).
Además de los derechos y obligaciones que, con carácter general se aplican a las entidades colaboradoras, reseñados en el párrafo anterior; teniendo en cuenta el interés que tiene para la ciudad de Madrid los aspectos relacionados con la sostenibilidad y la mejora del medioambiente se establecen, de conformidad con lo regulado en el apartado 1 de la Base Sexta de la convocatoria, para esta colaboración las siguientes condiciones especiales:
Por parte de GASNAM.
1. Ceder un espacio destacado, de un mínimo de 20m2 (Stand), para la presencia del Ayuntamiento de Madrid en los eventos que se realicen en La Nave; pudiendo albergar en ella startups, pymes, labs, organismos, centros educativos, universidades o proyectos que se estén desarrollando bajo el paraguas del Ayuntamiento de Madrid.
2. Hacer entrega al Ayuntamiento del número de invitaciones que se acuerde en cada momento a fin de prestar apoyo institucional en la divulgación de aquellos eventos que sean de interés general.
3. Coordinar los actos de inauguración y clausura del "Green Gas Mobility Summit" en los momentos de mayor presencia mediática.
4. Presencia de imagen del Ayuntamiento de Madrid en las retransmisiones en streaming del "Green Gas Mobility Summit".
5. Presencia destacada de la imagen del Ayuntamiento de Madrid en todas las comunicaciones del evento: mailings, folletos, photocall, pantallas en el evento, espacio Web y en el monográfico con la cobertura post evento.
6. Difundir a la base de datos de Gasnam información acerca de las iniciativas municipales en el ámbito de la innovación y apoyo a startups y pymes.
Por parte del Ayuntamiento.
1. Hacer la cesión gratuita de 1 circuito de publicidad exterior en marquesinas de autobuses, esta cesión queda supeditada a la disponibilidad de dichos espacios para las fechas en las que sean requeridos; las fechas concretas se determinarán en cada caso. Será Gasnam quien se encargará de la producción de la cartelería destinada a los soportes publicitarios, no repercutiendo ningún gasto para el Ayuntamiento.
2. Serán por cuenta del Ayuntamiento de Madrid el suministro de la red wifi durante los días de montaje, desmontaje y celebración del "Green Gas Mobility Summit".
SEGUNDO.- El plazo durante el cual Gasnam será colaborador de La Nave es de dos años a partir de la fecha de esta resolución; dicho plazo se prorrogará por anualidades hasta un máximo de 2 años adicionales, siempre que no exista una manifestación expresa en contra de ello por parte de Gasnam. El Ayuntamiento podrá revocar unilateralmente la condición de colaborador en cualquier momento antes de la fecha de vencimiento, siendo de aplicación lo establecido en el apartado 2 de la Base Tercera de la convocatoria.
Publíquese la misma en el sitio web y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación.
I.- Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado la presente resolución, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.
II.- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución.
III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite otro recurso que estime procedente (artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 8 de junio de 2021.- El Director General de Innovación y Emprendimiento, Fernando Herrero Acebes.