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BOAM nº 8993 (11/10/2021)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

2633

Resolución de 7 de octubre de 2021 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura Turismo y Deporte por la que se ordena la publicación de la Propuesta de Resolución Provisional de la Directora General de Programas y Actividades Culturales, de fecha 6 de octubre de 2021, para la concesión de subvenciones en régimen simplificado de concurrencia competitiva, destinadas al mantenimiento del tejido cultural de la ciudad de Madrid, cuya actividad se haya visto afectada por la Covid.

Una vez emitido informe por el órgano instructor designado en la convocatoria pública de subvenciones en régimen simplificado de concurrencia competitiva destinadas al mantenimiento del tejido cultural de la ciudad de Madrid, cuya actividad se ha visto afectada por la Covid, y de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la presente convocatoria y el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, en virtud de las facultades que me han sido delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 4 de julio de 2019 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte,

 

RESUELVO

 

Ordenar la publicación oficial de la Propuesta de Resolución Provisional para la concesión de subvenciones en régimen simplificado de concurrencia competitiva, destinadas al mantenimiento del tejido cultural de la Ciudad de Madrid, cuya actividad se ha visto afectada por la Covid, formulada por la Directora General de Programas y Actividades Culturales, de fecha 6 de octubre, con el siguiente contenido:

 

"La Titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por Decreto de 28 de abril de 2021, a propuesta de la Dirección General de Programas y Actividades Culturales, acuerda iniciar los trámites administrativos correspondientes a la convocatoria pública de subvenciones, en régimen simplificado de concurrencia competitiva, destinadas al mantenimiento del tejido cultural de la ciudad de Madrid, cuya actividad se ha visto afectada por la COVID.

 

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por Acuerdo de 27 de mayo de 2021, autoriza el gasto de 3.900.000,00 € destinado a la financiación de la citada convocatoria.

 

La Titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por Decreto de 1 de junio de 2021, dispone aprobar la convocatoria pública de subvenciones, en régimen simplificado de concurrencia competitiva, destinadas al mantenimiento del tejido cultural de la ciudad de Madrid, cuya actividad se ha visto afectada por la COVID y sus correspondientes bases.

 

El 17 de junio se procede a publicar la convocatoria de referencia y sus correspondientes bases en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (en adelante, BOCM) n.º 143 y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (en adelante, BOAM) n.º 8.911 simultáneamente, en donde se establece un plazo de 15 días hábiles para la presentación de solicitudes, plazo que finalizaba el 8 de julio de 2021.

 

El 22 de junio se publica, tanto en el BOCM como en el BOAM, el Decreto de fecha 17 de junio de 2021 de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, por el que se rectifican los errores materiales detectados en el Decreto de 1 de junio de 2021, iniciándose un nuevo plazo de 15 días hábiles para la presentación de solicitudes, plazo que finalizó el 13 de julio de 2021.

 

La Titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por Decreto de 1 de septiembre de 2021 concede un plazo de 10 días hábiles para la subsanación de las solicitudes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de las bases de la convocatoria.

 

Una vez realizadas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución provisional por este órgano instructor en relación con la convocatoria pública de subvenciones, en régimen simplificado de concurrencia competitiva, destinadas al mantenimiento del tejido cultural de la ciudad de Madrid, cuya actividad se ha visto afectada por la COVID, y de conformidad con lo establecido en el artículo 14 y 15 de la correspondientes Bases, y en el artículo 24, apartados 1, 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, como órgano instructor,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Proponer la resolución provisional de beneficiarios (Anexo I); de solicitantes excluidos con indicación de los motivos de su exclusión (Anexo II) y de solicitantes desistidos de su petición por falta de subsanación (Anexo III), de la convocatoria pública de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al mantenimiento del tejido cultural de la ciudad de Madrid, cuya actividad se ha visto afectada por la Covid.

 

La presente propuesta de resolución no crea derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la administración mientras no se haya publicado la resolución de concesión definitiva, como establece el artículo 15.2 de las bases de la convocatoria.

 

SEGUNDO.- Los beneficiarios propuestos deberán comunicar, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que se publique la presente propuesta en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, su aceptación o renuncia a la propuesta efectuada.

 

En caso de aceptación, y de conformidad con lo establecido en el artículo 40,2 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, deberán aportar declaración responsable en la que manifieste que no ha solicitado la declaración de concurso voluntario, ni ha sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, ni se halla declarado en concurso, salvo que en este haya adquirido la eficacia un convenio, ni está sujeto a intervención judicial o ha sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

 

Transcurrido dicho plazo sin que se hubiese cumplimentado la documentación citada, se les tendrá por desistidos en su solicitud, previa resolución de la Titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes.

 

TERCERO.- Conceder un plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente a la publicación de la presente propuesta de resolución provisional en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para presentar alegaciones.

 

CUARTO.- Publicar la presente propuesta de resolución provisional en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica (https://sede.madrid.es) del Ayuntamiento de Madrid en relación con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas".

 

Madrid, a 7 de octubre de 2021.- La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, M.ª Carmen González Fernández.

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